Del juicio y de la proposición

El juicio puede considerarse, o como acto puramente interno del entendimiento, o en cuanto se manifiesta por medio de palabras, y bajo este último punto de vista se llama proposición. Trataremos, pues, en este capítulo: 1º del juicio en sí mismo: 2º de la proposición: 3º de las propiedades de ésta.

 

Artículo I
Del juicio

1º Juicio es el acto del entendimiento mediante el cual afirma o niega una cosa de otra. De aquí se deduce que para el juicio son necesarias tres cosas: 1ª los términos o [75] conceptos que deben ser comparados por el entendimiento: 2ª su comparación: 3ª la afirmación o negación del uno con respecto al otro. Ésta última constituye propiamente el juicio; pues mientras no hay afirmación o negación, no hay juicio propiamente dicho. Los Escolásticos y santo Tomás suelen denominar al juicio composición y división.

2º Infiérese de lo dicho que el juicio envuelve en su concepto un acto positivo del entendimiento, distinto de otros actos del mismo. Se debe en consecuencia rechazar la opinión de los que dicen que el juicio no es un acto propio y peculiar del entendimiento, distinto de la simple percepción. Una cosa es percibir simplemente la relación entre dos cosas, y otra afirmar o negar una cosa de otra.

3º La rectitud, a lo menos subjetiva del juicio, depende de esta regla fundamental: «La afirmación o negación de la identidad de los extremos debe estar en armonía con la naturaleza y modo con que es percibida por el entendimiento.» Es decir, que si la percepción va acompañada de evidencia, el juicio quoad nos será cierto; si falta la evidencia, resultará juicio probable solamente.

Las reglas que suelen darse sobre la rectitud del juicio, no son más que aplicaciones de esta regla fundamental.

4ª El juicio es el acto más característico y más importante del entendimiento en orden a la adquisición de la verdad. La simple percepción se ordena y tiende al juicio: el discurso o raciocinio, a su vez, no es en el fondo más que un conjunto de juicios. Por otra parte la verdad tiene tan íntima conexión con el juicio, que cuando va acompañada de evidencia inmediata, como sucede en los primeros principios, el entendimiento no puede suspender la afirmación o negación interna. Añádase a esto que la verdad y el error acompañan inseparablemente al juicio, al paso que la simple percepción puede existir sin ellos.

Corolario

Luego es absurda e insostenible la opinión de Descartes, Mallebranche y los Lugdunenses, cuando afirman que el juicio [76] es acto de la voluntad. Conocer la verdad es propio del entendimiento y no de la voluntad, y el juicio es precisamente el acto del entendimiento que tiene relación más inmediata e íntima con la verdad.