La Biblia, los Padres primitivos y la Iglesia católica condenaron hasta hace poco el interés como injusto e inmoral. Ahora la Iglesia no lo condena; ¿a qué obedece ese cambio de táctica? Además, al condenar la Iglesia al interés en el Concilio de Viena (1311), ¿no «maldijo el desarrollo material de la civilización», como dijo Lecky?
El Antiguo Testamento condenó el interés o la usura como una mera regulación económica, muy conforme a las circunstancias de la época (Ex. XXII, 25; Lev. XXV, 35; Deut. XXIII, 19). Y esto aparecerá más claro si recordamos que el Antiguo Testamento prohibía la usura entre los judíos, pero no entre un judío y un gentil. El Nuevo Testamento no menciona para nada esta cuestión. En el pasaje de San Lucas (VI, 34-35), Nuestro Señor no habla de intereses pecuniarios, como creyeron falsamente algunos teólogos, sino que exhorta a los ricos a que den limosna sin esperar nada en retorno por parte del pobre. 
En cuanto a los Padres de la Iglesia, hay que decir que no se propusieron dictaminar ni legislar sobre el interés, sino condenar con palabras de fuego la usura y rapacidad de muchos prestamistas ricos que robaban inicuamente a los pobres y necesitados.
Finalmente, los Concilios y teólogos de la Edad Media condenaban el interés por la sencilla razón de que entonces el dinero no era más que un medio de intercambio por artículos de consumo y la medida del valor de las cosas. Prestar a uno dinero y exigirle dinero por el uso de aquel dinero equivalía entonces a dar al dinero un valor doblado; por eso se condonaba la práctica. Pero hoy día las circunstancias han cambiado. Hoy el dinero se ha convertido en un medio de producción como la tierra y los edificios. Como esto ha sido admitido por todo el mundo, ya no puede estar en vigor la ley antigua sobre la usura. Por eso no condena la Iglesia el interés. Lo que sí condena y condenará es el abuso del interés, pues éste no debe ser excesivo, sino razonable. 
El dicho de Lecky no es más que una de tantas calumnias contra la Iglesia. ¿Qué obstáculos puso el Concilio de Viena para el empleo del capital? Entonces se negociaba de manera muy diversa, y contra aquellos modos de negociación nunca tuvo nada la Iglesia, fuera de recomendar, como ha hecho siempre, la caridad y la equidad.
Entonces el comercio se desarrollaba por sus vías normales con la aprobación de la Iglesia. La prohibición del interés no puso obstáculo alguno al comercio, tal como entonces se estilaba. Los mercaderes pedían dinero prestado por sus tráficos y recompensaban luego a los que se lo habían prestado, por el riesgo que habían corrido de perderlo. Esa era la costumbre y nunca la condenó la Iglesia. Ahora la costumbre es otra; tampoco la condena la Iglesia. Se trata de costumbres variables, y la Iglesia se acomoda a ellas siempre que no se toque a los preceptos divinos. La Iglesia condenaba antiguamente el interés para salir por el pobre, a quien estrujaban prestamistas avaros y sin entrañas. Aun hoy día el Estado la imita en eso cuando vota leyes regulando las operaciones bancarias. 
¿No es lícito mentir en algunos casos, como dijo Lutero? De hecho, todos decimos mentiras a los niños, a los enfermos y a los que no tienen derecho a conocer la verdad.
La mentira es intrínsecamente mala; por tanto, nunca es lícito mentir. Entendemos por mentira una palabra o una sentencia que aparentemente muestra lo que uno cree o siente, pero que en la mente del que la profiere representa todo lo contrario. 
Según Santo Tomás, toda mentira es pecado, mayor o menor, según las circunstancias. Y da la razón de esto: «Porque como las palabras son el signo natural del pensamiento, sigúese que es contra la naturaleza significar con ellas lo que uno no tiene en la mente» (2, 2, q. 100, a. 3). Por consiguiente, no mienten sólo los que intentan engañar a otros, sino también los que dicen lo contrario de lo que entienden ser verdadero. El deseo de engañar pertenece a la perfección de la mentira, como enseña el mismo Santo Tomás. 
La mentira está condenada tanto en el Antiguo como en el Nuevo Testamento. El octavo mandamiento dice: «No levantarás falso testimonio contra tu prójimo» (Ex XX, 16; Deut V, 20; Mat XIX, 18). El Antiguo Testamento dice repetidas veces que Dios odia a la mentira y que castiga al mentiroso (Prov. VI, 17, XII, 22; salmo V, 7). Jesucristo atribuyó la mentira al demonio, quie es el padre de las mentiras (Juan VIII, 44), y retó a los judíos a que le convenciesen a El de pecado alguno contra la verdad (VIII 21, 46). San Pablo y Santigo previenen a los cristianos contra la mentira (Ef. V, 25; Sant. III, 14) y en el Apocalipsis leemos que los mentirosos empedernidos se condenarán para siempre (XXI, 8, XXII, 16). 
Lutero aconsejó al landgrave Felipe de Hesse que negase que vivía casado con dos mujeres, para que ninguno le imitase y así no se propagase la poligamia. Este proceder de Lutero es un borrón más en su vida peregrina y no se lo perdonan ni sus mismos seguidores. Además, creyó que era lícito mentir para esparcir más fácilmente su doctrina. Por desgracia, aún corren entre la plebe muchas de sus mentiras. Dijo una vez: «¿Qué mal se va a seguir de que un individuo diga una mentira, por gorda que sea, si lo hace por un fin bueno, por ejemplo, por el bien de las Iglesias cristianas?» (Grisar, Lutero, 1, 15). Este apóstata no se acobardaba ante la mentira. Mandó que se quitase del canon de la misa todo lo que sugiriese la idea de sacrificio, pero mandó al mismo tiempo que se conservase la elevación con ciertas ceremonias para engañar más fácilmente a la plebe. 
Aquí vemos que la famosa teoría de que el fin justifica los medios no es jesuítica, sino luterana. No mentimos formalmente cuando informamos a los niños sobre cosas que ellos no están aún capacitados para entender, y las revestimos con un ropaje que dice muy bien con su mentalidad, como cuando les decimos que los Reyes Magos traen dulces y juguetes, y cuando los entretenemos al amor de la lumbre contándoles cuentos de hadas, que sólo existen en la imaginación. Dígase lo mismo de las buenas noticias que se dan a los enfermos del peligro cuando se teme que la noticia de la muerte que se acerca les puede agravar la enfermedad. Sin embargo, hay que distinguir en esto. Si por nuestras mentiras el enfermo se va al otro mundo sin recibir los sacramentos, pecamos mortalmente. Recuerdo que una vez visité a un enfermo que se hallaba en estado gravísimo. El médico y los parientes le tenían engañado diciéndole que se levantaría en unos días, y, como consecuencia de estas mentiras, rehusaba confesarse. Le desengañé diciéndole que se moriría antes de la medianoche, y al punto se confesó. Aunque los parientes tenían buena intención, pudieron haber sido la causa de que el enfermo se hubiera condenado para siempre. Dios es santo porque es veraz. La veracidad de Dios es parte de su santidad. Por eso, Dios no puede dejar de ser veraz sin dejar de ser santo. Los hombres debemos imitar las perfecciones de nuestro Hacedor. Nuestra santidad corre pareja con nuestra veracidad. Cuando mentimos, ennegrecemos el atributo de nuestra santidad. Y ésta es la razón primaria e intrínseca de que la mentira nunca sea lícita. 
Los católicos, por un lado, condenan la mentira; pero, por otro, la admiten, al admitir como cosa licita la restricción mental. ¿Qué me dice usted a esto? 
Para no dar palos al aire, vamos a fijar bien los términos y las nociones. Entendemos por restricción mental un acto de la mente en virtud del cual determinamos, al hablar, el sentido natural que aparentan tener nuestras palabras. Allá en la mente restringimos el significado natural de las palabras. Si yo, por ejemplo, respondo a una pregunta de modo que, ya sea por el uso del país, o por la costumbre social, o por otros indicios, mis palabras son susceptibles de doble sentido, no hago más que usar una restricción mental amplia que siempre es lícita. Pero si respondo de modo que mi interlocutor no puede ver indicio alguno de que estoy usando de una restricción mental, entonces la restricción mental no es más que una mentira redonda. Esta distinción es muy importante, y no siempre la entienden todos, especialmente los no católicos. Valgan algunos ejemplos para aclararla. Un conocido mío viene a mi casa y me pide dinero. Repite la visita con el mismo fin, y luego descubro que no tiene intención de pagármelo. Cuando vuelve por tercera vez, oye que la sirvienta le dice que no estoy en casa. Ahora bien: o es tonto de capirote, o entiende de sobra que no estoy en casa para recibirle a él. Lo mismo: asedian los periodistas al presidente del Consejo de Ministros, que viene de firmar un tratado comercial con Francia, y le preguntan: «¿Qué hay del tratado comercial con Francia?» El presidente responde: «Señores, es la primera noticia que tengo.» Es que el jefe del Gobierno no está obligado a echar a los cuatro vientos los secretos de su política. Ya los descubrirá en la Cámara, o se los harán descubrir. Pero no mintió a los periodistas. 
Finalmente, pueden preguntar a un sacerdote—como de hecho ha ocurrido— porqué le dijo el penitente X en el confesonario. El sacerdote responde que no sabe nada. Todo el mundo sabe que los confesores están obligados a guardar inviolablemente el sigilo sacramental. No miente, pues, el sacerdote cuando dice que no sabe lo que le dijo el penitente. El mismo Jesucristo nos dio un buen ejemplo de restricción mental cuando dijo que el Hijo de Dios no sabía la fecha del Juicio final (Mar. XIII, 32). No lo sabía con ciencia comunicable, pero en rigor lo sabía, como aseguraron todos los Padres en sus controversias con los arríanos apolinaristas, nestorianos, monofisitas, etc.
La teología moral divide los secretos en tres clases:  
, secreto natural, que se relaciona con nuestra vida privada y con los pecados ocultos del prójimo. 
, secreto confiado, que abarca todo aquello que se nos comunica bajo la condición de que hemos de guardarlo secreto; 
, secreto profesional, que comprende los hechos y dichos que han llegado a conocimiento de los sacerdotes, abogados, médicos y otros funcionarios públicos en el ejercicio de su profesión. 
En general, estamos obligados a guardar fidelísimamente estos tres secretos. Cuando una persona impertinente nos pregunta sobre estos secretos, podemos lícitamente hacer una restricción mental y decir que no sabemos nada. El secreto de confesión no admite excepción alguna. Obliga siempre aunque cueste la vida al confesor.
Los otros secretos admiten excepciones. El secreto natural, y lo mismo el confiado, deja de serlo cuando la legítima autoridad pregunta oficialmente para salvar a un tercero inocente o a la comunidad en general. Aun el secreto profesional pierde su fuerza obligatoria cuando de guardarlo se seguiría un mal mucho mayor.
Así, por ejemplo, un médico que sabe privadamente que un niño de un internado tiene una enfermedad seria contagiosa, digamos viruelas, está obligado a dar cuenta a la autoridad competente para que le separen y no contagie a los demás niños. Lo mismo: si sabe que un joven sifilítico intenta casarse sin hacer saber a la futura esposa el estado en que se encuentra, está obligado a avisarla él mismo para que se prevenga y vea si la conviene aceptar la mano.
Todo esto es claro y de sentido común; tanto, que, al querer explicarlo, se corre el peligro de embrollarlo más. Diremos, para terminar, que la restricción mental es lícita cuando se nos aprieta con preguntas capciosas sobre materias que, por justas y graves razones, debemos guardar secretas. Pero a nadie le es lícito abusar de estas restricciones. El 2 de marzo de 1679, el Papa Inocencio XI condenó semejantes abusos. 
¿No es cierto que los jesuítas defienden que el fin justifica los medios?
No, señor, no es cierto. Los jesuítas, como todos los moralistas católicos, defienden que para conseguir un fin bueno es lícito poner un medio bueno, o, por lo menos, indiferente; pero jamás han dicho que se puede hacer un mal para conseguir un bien. Para que una acción sea buena, es menester que todas sus partes constitutivas sean buenas, a saber: el fin, los medios y las circunstancias de lugar, tiempo y demás. Basta que una de estas fuentes de moralidad sea mala, para que toda la acción sea asimismo mala. Así, por ejemplo, si doy una limosna a un pobre por caridad (una acción buena), o doy un concierto de piano en un teatro (acción indiferente) para fines benéficos, en ambas acciones uso medios buenos e indiferentes para conseguir un fin bueno. El fin aquí justifica los medios. Pero si doy dinero a un político para que me consiga un puesto de honor en el Ayuntamiento; o, a semejanza de aquellos famosos bandoleros andaluces, robo a los ricos para favorecer a los pobres, el buen fin que yo me propongo no justifica los medios de que me valgo.
Finalmente, si doy dinero para fines benéficos con el único fin de que mi nombre salga en, el periódico y todos alaben mi conducta, esta circunstancia me roba todo el mérito sobrenatural, como lo afirmó categóricamente Jesucristo (Mat. VI, 1, 2). Se trata, pues, de una de tantas calumnias contra los jesuítas. Y esto es evidente, porque ni Pascal, ni Dollinger, ni tantos otros enemigos acérrimos de los jesuítas les echaron jamás en cara semejante acusación; ni ha logrado nadie encontrar en un libro escrito por jesuítas la proposición «el fin justifica los medios»
En 1852, el Padre Roh, de la Compañía de Jesús, ofreció 1.000 florines al que encontrase semejante proposición en los libros de los jesuítas, y el diputado alemán Dasbach ofreció, en 1903, una suma doble con el mismo objeto. El jesuíta apóstata Hoensbroech aceptó el reto, escribió un libro para demostrar que la acusación era legítima, se presentó a los tribunales por el dinero de la apuesta, Los tribunales fallaron contra Hoensbroech, ya que en los pasajes aducidos por el ex jesuíta no se contenía esta sentencia: «El fin justifica los medios, tanto formal como materialmente.» Los que defendieron que el fin justifica los medios fueron Lutero y sus amigos Melacton y Bucero, que permitieron al landgrave Felipe vivir casado con dos mujeres, aparentemente para que Felipe no cayese en adulterio, pero realmente para que aquel príncipe licencioso permaneciese en el luteranismo. Luego Lutero le dijo que lo guardase secreto para evitar escándalo, y que si le preguntaban qué mujer era aquélla (Margarita de Sala, con quien se casó viviendo aún la primera mujer), respondiese que era su querida. Para Lutero, una mentira, si se decía con buenos fines, no era mala.
Me he encontrado más de una vez con médicos que acusan a los católicos de defender este principio inmoral, y ellos lo ponen en práctica todos los días, porque no vacilan en matar a una criatura antes que nazca, para salvar la vida de la madre, ni se paran a pensar las razones que los mueven a hacer una operación de ovariotomía. Y es eso, que los criminales ven la paja en el ojo ajeno, y no ven la viga que llevan atravesada en los suyos. 
¿No es cierto que la Iglesia permite a los católicos decir mentiras a los protestantes? Además, el Concilio de Constanza decretó expresamente que «ninguno está obligado a cumplir lo prometido a un hereje». En virtud de este principio, se violó el salvoconducto dado a Huss por el Concilio.
La Iglesia católica defiende y sostiene que la mentira es un mal intrínseco, y no permite a los católicos que mientan bajo ningún pretexto. Decir, pues, que permite a los católicos decir mentiras a los protestantes, es una de tantas calumnias, refutada ya hasta la saciedad. La han venido refutando, entre otros: Lezmacio (1544), Copo (1581), Campion (1608), Rosweidt (1608), Sweert (1611), Becano (1612) y Márquez (1645).
Huss salió de Praga sin salvoconducto de ningún género, como él mismo lo confesó nada menos que en tres cartas. El emperador Segismundo le concedió una escolta de bohemios nobles que le acompañasen y defendiesen hasta el Concilio. El 18 de octubre, el emperador le envió desde Espira un salvoconducto escrito que llegó a Constanza diez días más tarde, antes que Huss fuese arrestado. Tanto el emperador como los nobles bohemios consideraron este arresto como una violación del salvoconducto, y protestaron, aunque en vano, ante los Padres del Concilio. Ninguno creía entonces que el salvoconducto del emperador daba a Huss derecho a volver a Praga si el Concilio le condenaba. Por fortuna, se conservan cartas del emperador, del rey de Aragón, de los nobles bohemios y aun del mismo Huss, en las que se afirma que el salvoconducto defendía al portador en su jornada contra toda violencia ilegal, pero que no le libraba de las consecuencias de la justicia. Aunque Huss afirmó en dos cartas que el emperador había prometido de palabra «llevarle a Bohemia sano y salvo», sin embargo, la afirmación no pasó de ser gratuita, y o mintió, o entendió mal las palabras del emperador. Además, el emperador no tenía autoridad para cumplir semejante promesa, como afirma Palacky. 
BIBLIOGRAFIA.
Apostolado de la PrensaEl séptimo, no hurtar. 
AubideLos manantiales de la difamación jesuítica. 
Domínguezla mentira en los niños. 
FerreresLa justicia, el derecho y los contratos. 
GonzálezUnas apostillas al libro de René Fulop. 
LópezLa lucha contra la usura.