La Reforma del Pontifical Romano, que fue aprobada el 18 de julio de 1968 y que entró en vigor el 3 de abril de 1969, supone la invalidez de las Ordenaciones Episcopales por error de la forma sacramental.

El mérito del siguiente resumen es precisamente su brevedad ya que logra exponer en lo esencial el porqué de la nulidad e invalidez del rito de consagración de obispos en la iglesia conciliar. Quizás algunos se vean tentados a rechazar la conclusión del siguiente resumen justamente por su enormidad, y porque lleva aparejada la ilegitimidad de los papas que aprobaron el rito de ordenación episcopal y lo aceptaron, al mismo tiempo que cae por tierra toda la vida sacramental de la iglesia conciliar. Sin embargó las cosas cuadran si se considera el pecado oficial de la iglesia que aprobó la herejía del Conciliábulo Vaticano II. Al final se ha visto desprovista, no sólo de papas (los papas legítimos no pueden ser herejes) sino también del poder de Orden. Orden y Jurisdición desaparecieron junto con el papado de la iglesia conciliar. Por todo ello dejó de ser la  Iglesia para adquirir las características de una secta: La Secta Conciliar.

Todo ha sucedido aparentemente como si en el cuatrienio 1965/1969 ( año éste último de la entrada en vigor obligatoria de la Nueva Misa), haya tenido lugar el más terrible castigo que Dios hubiera podido infligir a su Iglesia y a la Humanidad. Como si la herejía aceptada por el cuerpo social católico, de papas y Concilio, abocara fatalmente a los falso ritos y a la falsa nueva misa:  Las cuatro patas de la estructura conciliar- la abominación de la desolación en el lugar santo- que marcaron el nefasto cuatrienio, con las características de ser un castigo divino que acabó por derramarse en el plazo de esos cuatro años sobre la Tierra.  

Bien que la Iglesia,  por la prerrogativa y promesa  de la indefectibilidad, haya pasado a vivir en la Iglesia Remanente que guarda incólume la Fe Católica, extra muros de la Ciudad Eterna. Esperemos que un día vuelva a la ” Ciudad” por lo menos a la Ciudad Mística de Roma.

INVALIDEZ DE LOS SACRAMENTOS CONCILIARES.

Todos aquellos que quieren permanecer católicos y recibir sacramentos válidos, lean y asimilen esta breve y completa explicación de POR QUÉ LOS SACRAMENTOS DE LA IGLESIA CONCILIAR SON INVÁLIDOS. Los que desean el absurdo  de ser reconocidos como católicos  por la “contra-iglesia” – acaban haciendo un acto de AUTO EXCLUSIÓN  de la Iglesia Católica. Totalmente inválidos y enteramente nulos.

La Constitución de Pablo VI introdujo un cambio sustancial en la forma del Orden Episcopal, según lo prescrito por el Papa Pío XII, ya que debería  expresar de manera inequívoca el efecto que quiere producir – el poder del  Orden y la gracia producida por el Espíritu Santo . Además, el Papa Pacelli había indicado claramente la forma que expresara  sin ambigüedad la finalidad de la Ordenación Episcopal, que es el poder del Orden recibido del obispo, y la gracia producida por el Espíritu Santo.  En particular, he aquí la fórmula prescrita por Montini: “Infunde en este elegido el poder que viene de ti, oh Padre, tu Espíritu, que rige y guía: tú se lo has dado a tu amado Hijo Jesucristo, y Él lo ha transmitido a los santos apóstoles, que en diferentes partes del mundo han establecido la Iglesia como santuario tuyo para gloria y alabanza peremne de tu nombre.” En estas líneas no encontramos ni rastro del poder específico del Orden que se desea transmitir. La consagración episcopal confiere facultades específicas para el nuevo obispo: el de ordenar, a su vez, a sacerdotes y obispos. Esto está totalmente ausente en el rito reformado.

El «papa» Pablo VI trató de insertar las antiguas oraciones pertenecientes a la liturgia  copta y a la Iglesia sirio- occidental. Pero estas oraciones no tienen un carácter sacramental y eran pronunciadas cuando el ordenando ya había  sido consagrado obispo [Para la entronización de los Patriarcas]. La oración de Montini, por tanto, no era usada con el mismo fin en el rito oriental. Una vez más, se ha querido hacer uso de fuentes antiguas, como, por ejemplo, la Traditio apostólica de Hipólito, mediante la introducción de algunas partes en el Prefacio del nuevo rito -, pero no podemos decir que esto sea suficiente para hacerlo válido.

Los textos a los que se refiere son además resultado de reconstrucciones relativamente recientes, su origen y atribución es solamente presunta,  y, sobre todo, no  hay indicios ciertos que nos permitan identificar estas oraciones con la forma sacramental oficialmente prescrita y empleada como tal  por la Iglesia . Pero el obstáculo más difícil de superar es el relativo a la identidad y al significado de “el Espíritu que guía y dirige”, “Spiritus principalis”.Dom Bernard Botte (1883 – 1980), el religioso modernista verdadero artífice de la reforma, sostenía que desde a los primeros siglos cristianos el uso de la fórmula “Spiritus principalis” corresponden a la función episcopal y sus consiguientes poderes, porque los obispos poseen el “espíritu de autoridad” como “cabezas de la Iglesia.” La anterior explicación debe ser rechazada por completo. La literatura enciclopédica, la exégesis bíblica, los escritos de los Padres de la Iglesia, los tratados de teología dogmática y el estudio cuidadoso de las formas sacramentales de Oriente no permiten deducir esto y, por supuesto, nada lo relaciona directamente con la interpretación de  Botte.”Spiritus principalis” por lo tanto no se refiere al episcopado o a la plenitud del Orden poseída por el obispo.

En conclusión, sostenemos que en la Constitución Apostólica firmada por  Montini, en la sección dedicada al Orden Episcopal faltan dos de los principales pilares enseñados por el Papa Pío XII para la validez de la consagración: la frase “el Espíritu que gobierna y guía”, ciertamente  no está indisolublemente ligada al efecto sacramental que se quiere imprimir  y no sugiere ni remotamente el poder específico que debe tener del Orden Episcopal. Con la nueva fórmula se cambia sustancialmente el significado de la oración anterior, en el que “la plenitud del sacerdocio de Cristo en el ministerio episcopal” y / o “la plenitud y totalidad del ministerio sacerdotal” tenía un apoyo innegable y evidente. Y cualquier cambio en la sustancia de la forma sacramental, como enseña la doctrina teológica, hace que el sacramento no sea válido . El Rito de 1968 no puede crear un obispo válido porque como tal, es incapaz de Imprimir el sacerdocio o episcopado .

Los modernistas han adulterado las palabras básicas de la forma sacramental mediante la implementación de un verdadero ” salto semántico “hacia la ambigüedad y el absurdo . Por último, no olvidemos el resultado más importante de nuestras conclusiones: los sacerdotes y obispos ‘consagrados’ por el rito de Pablo VI administran unos sacramentos ( Confirmación, Eucaristía, Penitencia, la Extrema Unción) inválidos .

RESPUESTA A LAS OBJECIONES COMUNES LA MAYORÍA :

1. El contexto asegura la validez de la forma”. Falso .  La oración para la ordenación de obispos del nuevo Pontifical carece de un elemento esencial, la referencia expresa a la potestad de consagrar a los ordenandos y esto no puede compensar la debilidad de otros aspectos más o menos periféricos del rito;

2. “El formulario fue aprobado por el Papa.” Irrelevante.  Y por dos razones. En primer lugar, los sedevacantistas creemos que Montini no era absolutamente un legítimo y verdadero Papa de la Iglesia Católica, pero … transeat ; de acuerdo con el Concilio de Trento y del Papa Pío XII, la Iglesia no tiene poder para cambiar la sustancia del sacramento. Montini justamente hace eso, y esta es una prueba más de su falta de pontificado.

Invalidez del nuevo rito de ordenación sacerdotal aprobado el 18 de julio de 1968 y que entró en vigor el 3 de abril de 1969.

Se ha eliminado [del nuevo rito de Pablo VI] toda oración en el rito tradicional [de ordenación] que afirmaba expresamente el papel esencial de un sacerdote como hombre ordenado para ofrecer el sacrificio propiciatorio por los vivos y los muertos. En la mayoría de los casos, estas fueron las precisas oraciones eliminadas por los reformadores protestantes, o si no exactamente las mismas, hay un claro paralelismo”.

Además de la invalidez de los cambios hechos en la misa, el diablo sabía que tenía que alterar el rito de ordenación para que los sacerdotes de la nueva Iglesia también fuesen inválidos.

El nuevo rito de las sagradas órdenes (obispos, sacerdotes, diáconos) fue aprobado e impuesto por Pablo VI el 18 de junio de 1968. La siguiente información es crucial que la conozca todo católico, puesto que se refiere a la validez de esencialmente todo “sacerdote” ordenado dentro de la estructura diocesana desde aproximadamente 1968, y, en consecuencia, se refiere a la validez de innumerables confesiones, misas indulto, etc.

El 30 de noviembre de 1947, el papa Pío XII publicó una constitución apostólica llamada Sacramentum ordinis. En esa constitución, el papa declaró ―por virtud de su suprema autoridad apostólica― cuáles son las palabras necesarias para que una ordenación sea válida para el sacerdocio.

LA FORMA TRADICIONAL PARA LA ORDENACIÓN SACERDOTAL.

Papa Pío XII, Sacramentum ordinis, 30 de noviembre de 1947: “Siendo esto así, después de invocar la lumbre divina, con nuestra suprema autoridad apostólica y a ciencia cierta, declaramos y, en cuanto preciso sea, decretamos y disponemos:… En la ordenación presbiteral, la materia es la primera imposición de manos del obispo que se hace en silencio… La forma [de la ordenación] consta de las siguientes palabras del ‘Prefacio’ de las que son esenciales y, por tanto, requeridas para la validez, las siguientes:

“Da, te rogamos, Padre omnipotente, a este siervo tuyo, la dignidad del Presbiterio (presbyterii dignitatem); renueva en sus entrañas el espíritu de santidad para que alcance, recibido de ti, oh Dios, el cargo del segundo mérito y muestre con el ejemplo de su conducta, la severidad de las costumbres”

LA NUEVA FORMA PARA LA ORDENACIÓN SACERDOTAL.

Esta es la nueva forma del nuevo rito de ordenación sacerdotal:

“Concede, te rogamos, Padre omnipotente, a este siervo tuyo, la dignidad del Presbiterio; renueva en sus entrañas el espíritu de santidad. Alcance recibido de ti, oh Dios, el cargo del segundo mérito y muestre con el ejemplo de su conducta la severidad de las costumbres» .

La diferencia entre las dos formas está en que en el nuevo rito se ha omitido la palabra latina “ut” (que significa “para que”). Esto puede parecer insignificante, pero en Sacramentum ordinis, Pío XII declaró que esta palabra era esencial para la validez. Además, la omisión de “para que” sugiere una relajación de la designación del efecto sacramental (que confiere el oficio de segundo rango). En otras palabras, la eliminación de “para que” presupone una ordenación que ya ha sido realizada, pero que no se realiza a medida que se pronuncian las palabras.

Puesto que el nuevo rito pretende ser el rito romano, esta eliminación de “ut” (“para que”) hace que la validez del nuevo rito sea cuestionable. Sin embargo, hay un problema mucho mayor que demuestra que el nuevo rito es inválido.

EL MAYOR PROBLEMA CON EL NUEVO RITO DE ORDENACIÓN NO ESTÁ EN LA FORMA, SINO EN LAS CEREMONIAS CIRCUNDANTES QUE HAN SIDO ELIMINADAS.

El cambio a la forma esencial no es el único problema con el nuevo rito de ordenación promulgado por Pablo VI. Los siguientes puntos son demasiado importantes, debido a que el sacramento del orden, si bien fue instituido por nuestro Señor Jesucristo, no fue instituido por nuestro Señor con una forma sacramental específica ―a diferencia de los sacramentos de la eucaristía y del bautismo, que fueron instituidos con una forma sacramental específica― de modo que el significado e importancia de la forma de las palabras en la ordenación, están dados por los ritos y ceremonias que la circundan.

En su famosa bula, Apostolicae curae, del 13 de septiembre de 1896, el papa León XIII declaró solemnemente que las ordenaciones anglicanas son inválidas. Esto significa que la secta anglicana no tiene sacerdotes ni obispos válidos.

Papa León XIII, Apostolicae curae, 13 de septiembre de 1896: “Por propia iniciativa y a ciencia cierta, pronunciamos y declaramos que las ordenaciones hechas en rito anglicano han sido y son absolutamente inválidas y totalmente nulas” Al hacer esta declaración solemne, debe entenderse que el papa León XIII no estaba haciendo inválidas las ordenaciones anglicanas, sino más bien estaba declarando que eran inválidas debido a los defectos en el rito. Pero, ¿cuáles eran los defectos o problemas que León XIII veía en el rito anglicano que contribuían a su invalidez?

Papa León XIII, Apostolicae curae, 13 de septiembre de 1896: “Cuando alguien hace un correcto y serio uso de la forma debida y de la materia requerida para efectuar o conferir el sacramento, por ese mismo hecho, se considera que él hace lo que la Iglesia hace. Sobre este principio se basa la doctrina de que un sacramento se confiere verdaderamente por el ministerio de un hereje o un no bautizado [significando que una persona no bautizada sólo puede conferir el sacramento del bautismo, pero no los otros sacramentos], con tal que se emplee el rito católico. Por otra parte, si se cambia el rito, con la intención manifiesta de introducir otro rito no aprobado por la Iglesia y rechazar lo que la Iglesia hace, y lo que por la institución de Cristo pertenece a la naturaleza del sacramento, entonces está claro que no sólo es necesaria la intención requerida para el sacramento, sino también la intención es adversa y destructiva del sacramento”.

Aquí vemos al papa León XIII enseñando que si un ministro utiliza el rito católico en conferir el sacramento del orden, con la materia y forma correcta, por esa misma razón se considera que ha tenido la intención de hacer lo que la Iglesia hace (la intención de hacer lo que la Iglesia hace es necesaria para la validez de cualquier sacramento). Por otra parte, nos dice, que si se cambia el rito con la manifiesta intención de introducir un nuevo rito no aprobado por la Iglesia, y rechazando lo que la Iglesia hace, entonces la intención no es apenas insuficiente, sino que es destructiva del sacramento.

¿Y cuáles son las cosas que describe el papa León XIII que demuestran la intención destructiva del rito anglicano de ordenación? .

Papa León XIII, Apostolicae curae, el 13 de septiembre de 1896: “Porque, al dejar de lado las otras razones que muestran que esto es insuficiente para la intención en el rito anglicano, que para todos sea suficiente este argumento: por ellos ha sido deliberadamente eliminado todo lo que establece la dignidad y oficio del sacerdocio en el rito católico. Por consiguiente, esta forma no puede considerarse apta o suficiente para el sacramento, puesto que omite lo que en esencia debe significar”.

Papa León XIII, Apostolicae curae, el 13 de septiembre de 1896: “Por tanto sucede que, como el sacramento del orden y el verdadero sacerdotium [el sacerdote sacrificador] de Cristo fue completamente eliminado del rito anglicano, y dado que el sacerdotium[sacerdocio] no es de ninguna manera conferido verdadera y válidamente en la consagración episcopal del mismo rito, por la misma razón, por tanto, el episcopado de ninguna manera se puede conferir verdadera y válidamente por éste, y esto tanto o más cuanto que está entre los primeros deberes del episcopado el de la ordenación de los ministros para la santa eucaristía y el sacrificio”.

Papa León XIII, Apostolicae curae, el 13 de septiembre de 1896: “Estando plenamente conscientes de la conexión necesaria entre la fe y el culto, entre ‘la ley de la creencia y la ley de la oración’, bajo pretexto de regresar a la forma primitiva, ellos corrompieron en muchas maneras el orden litúrgico para acomodarlo a los errores de los reformadores. Por esta razón, en todo el ordinal, no sólo no hay ninguna mención clara del sacrificio, de la consagración, del sacerdotium [sacerdocio sacrificador], sino, como ya hemos declarado, todo rastro de estas cosas, que estaban en las oraciones del rito romano, aunque no las han rechazado por completo, fue deliberadamente eliminado y borrado. De esta manera, el carácter natural ―o el espíritu, como suele llamarse― del ordinal se manifiesta claramente en sí mismo. Por tanto, si adolece en su origen, es totalmente insuficiente para conferir las órdenes, y es imposible que en el transcurso del tiempo se volviera suficiente, puesto que no se ha hecho ningún cambio”.

Estas cosas descritas arriba por el papa León XIII acerca de la invalidez del rito de ordenación anglicano ―la eliminación sistemática de toda referencia al sacrificio de la misa, la consagración y el verdadero sacerdocio sacrificador― son exactamente las cosas que ocurrieron en el nuevo rito de ordenación promulgado por Pablo VI! Michael Davis, en su libro El Orden de Melquisedec ―a pesar de sus conclusiones falsas sobre esta y otras materias― se ve obligado a admitir estos impresionantes hechos:

Michael Davies: “Como quedó claro en la sección anterior, cada oración en el rito tradicionalista [de la ordenación], que declaraba específicamente el oficio esencial del sacerdote como el hombre ordenado para ofrecer el sacrificio propiciatorio para los vivos y los muertos, ha sido eliminada [del nuevo rito de Pablo VI]. En la mayoría de los casos fueron estas las oraciones que fueron precisamente eliminadas por los reformistas protestantes, o si no precisamente las mismas, hay un claro paralelismo”.

Michael Davies: “… en el nuevo rito de la ordenación no hay ninguna oración obligatoria que deje claro que la esencia del sacerdocio católico es la investidura de los poderes para ofrecer el sacrificio de la misa y de absolver los pecados de los hombres, y que el sacramento imprime un carácter que diferencia a un sacerdote de un lego común, no sólo en grado, sino en esencia… No hay ni una palabra en él que sea incompatible con la creencia protestante».

Estas son algunas de las oraciones y ceremonias específicas que establecen la verdadera naturaleza del sacerdocio en el rito tradicional y que han sido eliminadas específicamente en el nuevo rito de ordenación del Pablo VI. La siguiente información se encuentra en el libro de Michael Davies, The Order of Melchisedech [El Orden de Melquisedec], pp. 79 y siguientes.

En el rito tradicional, el obispo se dirige a los ordenandos y dice:

“Porque es deber del sacerdote ofrecer el sacrificio, bendecir, dirigir, enseñar y bautizar”.

Esta admonición ha sido abolida.

A continuación, en el rito tradicional sigue la Letanía de los Santos. Ella ha sido abreviada en el nuevo rito. El nuevo rito suprimió la siguiente afirmación no ecuménica:

“Que os dignéis reconducir a todos los que se han desviado de la unidad de la Iglesia, y llevar a todos los creyentes a la luz del Evangelio”.

A continuación, en el rito tradicional, después de pronunciada la forma esencial, que ha sido cambiada en el nuevo rito (véase arriba), el obispo reza otra oración, que incluye lo siguiente:

 “Que su misión sea cambiar con la bendición incorrupta, para el servicio del pueblo, el pan y el vino en el cuerpo y sangre de tu Hijo”.

Esta admonición ha sido abolida.

En el rito tradicional, el obispo entona a continuación el Veni Creator Spiritus mientras unge a cada sacerdote diciendo:

“Dignaos, Señor, consagrar y santificar estas manos por esta unción y nuestra bendición. Que todo lo que bendigan sea bendito y que todo lo que consagren sea consagrado y santificado en el nombre de nuestro Señor Jesucristo”.

Esta oración ha sido abolida. Y esta oración es tan importante que fue incluso mencionada por Pío XII en Mediator Dei # 43: Papa Pío XII, Mediator Dei, # 43, 20 de noviembre de 1947: “Además, como ya hemos dicho, sólo ellos [los sacerdotes] están investidos del carácter indeleble que los ‘configura’ al Sacerdocio de Cristo, y sólo sus manos son consagradas ‘para que sea bendito todo lo que bendigan, y todo lo que consagren sea consagrado y santificado en el nombre de nuestro Señor Jesucristo’” .

Nótese que Pío XII, al hablar de cómo los sacerdotes han sido marcados en la ordenación, hace referencia a esta muy importante oración que fue abolida específicamente en el nuevo rito de 1968 de Pablo VI.

Poco después de esta oración en el rito tradicional, el obispo le dice a cada ordenando:

“Recibid el poder de ofrecer sacrificios a Dios, y celebrar la misa, tanto para los vivos y los muertos, en el nombre de nuestro Señor”.

Esta excepcionalmente importante oración ha sido eliminada en el nuevo rito.

En el rito tradicional, los nuevos sacerdotes a continuación concelebran la misa con el obispo. Al final, cada nuevo sacerdote se arrodilla ante el obispo, que impone sus manos sobre la cabeza de cada uno diciendo:

“Recibid el Espíritu Santo. A quienes perdonéis los pecados les serán perdonados; y a quienes se los retuviereis les será retenidos”.

Esta ceremonia y oración han sido abolidas.

Para quien desea informarse en más profundidad o hablar por teléfono, puede escribir antes a unionpia@sededelasabiduria.es

Fuente.