Corolarios

1º Luego con razón enseña y afirma la filosofía cristiana con san Agustín y santo Tomás, que el alma racional está toda en todo el cuerpo y toda en cualquiera parte del mismo. Porque en efecto, semejante afirmación es una consecuencia rigurosa y una deducción legítima de la espiritualidad del alma que se acaba de demostrar. Por una parte, cada parte del cuerpo del hombre es humana, porque está informada, vivificada y animada sustancialmente por el alma racional: la cabeza y el brazo de Pedro son miembros humanos y no miembros leoninos, caninos, &c., porque están vivificados y animados íntima y sustancialmente por el alma humana y no [333] por el alma del león o del perro: en pocas palabras: donde hay miembros u órganos humanos, es necesario que haya alma humana. Por otro lado, si esta alma humana es una sustancia simple y puramente espiritual, según acabamos de demostrar, claro es que no puede ocupar un lugar determinado; porque ocupar lugar determinado corresponde al cuerpo a causa de su multiplicidad de partes y de la consiguiente extensión o cantidad que exige un lugar proporcionado. Luego es preciso admitir que la sustancia o esencia del alma racional está toda en todo el cuerpo, y toda en cada parte del él, por más que la imaginación no alcance a representarse el modo con que esto puede verificarse.

2º Luego las opiniones y disputas de los filósofos acerca del asiento o sitio del alma son inútiles e impertinentes, y hasta carecen de sentido filosófico. El que admita la simplicidad sustancial y la espiritualidad del alma, tiene que admitir lógicamente que ésta no reside en parte alguna con exclusión de las demás: lo contrario es atribuirle propiedades corpóreas después de admitir que es espíritu.

3º La cuestión sobre el sitio o parte del cuerpo en que reside el alma, solo es susceptible de significación racional y de solución filosófica, si se refiere al alma racional considerada por parte de sus facultades o potencias. Entre éstas hay algunas que siendo puramente espirituales, siguen la condición del alma en cuanto a no residir en parte alguna determinada del cuerpo; tales son el entendimiento y la voluntad, que no tienen más sitio, más resistencia, ni más órgano, que la misma sustancia del alma que les sirve de principio y de sujeto inmediato. Hay otras facultades o potencias que no pueden funcionar sino por medio de partes u órganos determinados, con dependencia directa de estos y en los mismos, según es fácil observar, no solamente en las que se llaman orgánicas o vegetativas, sino también en las sensitivas. Considerada, pues, el alma bajo este punto de vista, o sea por parte de su virtud operativa, bien puede decirse que no está toda en todo el cuerpo y toda en cualquiera parte, sino distribuida o dividida en diferentes partes del cuerpo. Así podremos decir [334] que, en cuanto a la facultad de ver, está en los ojos, en cuanto a estas o aquellas pasiones, en el corazón, o en la médula espinal, en el hígado, &c., en cuanto a la imaginación, en el cerebro, y así de las demás facultades que funcionan por medio de órganos determinados del cuerpo. Si se pregunta pues, en qué parte del cuerpo reside el alma racional, puede responderse en términos de escuela que reasumen la doctrina expuesta: 1º que secundum totalitatem essentiae existe tota in toto corpore, et tota in qualibet ejus parte: 2º que secundum totalitem virtutis, existe tota in toto corpore, et pars in parte, en el sentido que queda explicado (1).

{(1) «Relinquitur ergo, dice santo Tomás, quod secundum totalitatem essentiae, simpliciter enuntiari possit esse totam (animam) in qualibet corporis parte; non autem secundum totalitatem virtutis, quia partes (corporis) difformiter perficiuntur ab ipsa ad diversas operationes; et aliqua operatio est ejus, scilicet, intelligere, quam per nullam partem corporis exiquitur. Unde sic accepta totalitate animae secundum virtutem (vires seu facultates agendi), non solum non est tota in quelibet parte, sed nec est tota in toto, quia virtus animae (scilicet, vis intelligendi) capacitatem corporis excedit, ut supra dictum est.» QQ. Disp. De spir, creat, cuest. I, art. 4º.}