LA «MISSIO» DEL SACERDOCIO CATÓLICO
El sólo título parece hacer referencia a una realidad aparentemente extrínseca del poder sacerdotal, pero es una característica tan profunda que hunde sus raíces en la inagotable fecundidad que existe en el seno de las Tres Divinas Personas, y esto lo descubrimos en el concepto de “missio” = misión, que significa “ser enviado” y por lo mismo hace entender el origen del enviado respecto a aquel que envía.
Sin haber superioridad o inferioridad de esencia en ninguna de las Tres Personas, el Padre que engendra eternamente a Su Hijo, lo envía, y ambos envían al Espíritu Santo, apropiándose cada Una de las Personas una “obra” ad extra del seno Trinitario: El Padre engendra y envía y por nadie es enviado, el Hijo es enviado y se Encarna, y el Espíritu Santo, enviado por las otras Dos Personas, se apropia la obra de la santificación de los hijos de Dios. El término de las misiones divinas siempre es temporal.
La Iglesia Católica es depositaria del poder de la “missio” conferida por el mismo Jesucristo. Ella –la Iglesia- es la manifestación en el tiempo de la vida Trinitaria. Así como el Hijo es enviado a Encarnarse, este Verbo Encarnado, funda la Iglesia y la envía; así como Él ha sido enviado por el Padre, así envía a los Apóstoles. La misión, o título, o cargo, o jurisdicción, es distinta del carácter o sello que imprime en el alma quien recibe el Orden Sagrado, que, salvo en casos particulares de excepción, o de circunstancias históricas extremas, siempre van juntos.
La Iglesia tiene autoridad, dada por Jesucristo mismo, para expandir la Gracia divina, a través del Sacerdocio, por medio de la “missio” a todos los rincones de la tierra. Con claridad se vislumbra que entra en las disposiciones jerárquicas que Jesucristo quiso darle a Su Iglesia. Y de tal modo es así que quien otorga la prerrogativa del ejercicio normal del sacerdocio siempre es el Superior jerárquico. La “missio” tiene un origen y un término. El origen es la autoridad del Papa que tiene –por su cargo- jurisdicción inmediata, ordinaria y universal sobre cada uno de los Obispos a quienes delega una porción del Rebaño de Cristo, al punto que faltando la “missio” – en épocas normales y pacíficas- el ejercicio del Orden Sagrado se torna ilícito, porque es necesario ser “enviado”.
Habiendo dicho algo sobre el fundamento de la “missio” en la Iglesia, y habiéndola distinguido del carácter sacerdotal que imprime el Orden Sagrado, se nota claramente que se trata de un poder móvil que es pasible de ser removido o quitado, todo lo contrario que con el otro, que es imborrable y eterno si se ha recibido válidamente.
Cualquier clérigo –por disposiciones penales- puede ser impedido de ejercer el Sacerdocio substrayéndole el cargo o la jurisdicción que posee hasta ese momento.
Hay casos en los que ni siquiera hace falta sentencia declaratoria para que quede anulado el ejercicio, por ejemplo, pongamos el canon 188.4 que, por el delito de incurrir en herejía, “ipso facto” pierde cualquier cargo o jurisdicción que tuviere. (se entiende siempre que haya recibido válidamente el Orden; no entran aquí los hijos «sacramentales», por ejemplo, del luciferino Lienart). La Bula de Paulo IV (“Cum Apostolatum officio”) expresa lo mismo.
Por tanto y en el caso que en la Iglesia conciliar apóstata pudiera haber –después de tantos años de apostasía de la Fe- algún clérigo válido, quedaría imposibilitado de ejercer el sacerdocio por abrazar la herejía y no apartarse del hereje.
Aunque en realidad, lo pretendido en este escrito, aclarando los dos poderes, va dirigido exclusivamente para los Obispos y Sacerdotes, que, habiendo recibido el Orden Sagrado, NO RECIBIERON la “missio” porque al estar la Sede Romana vacante y no haber un legítimo Vicario de Cristo, NO HAN RECIBIDO autoridad de Pastores, haciendo abuso de la virtud de la epiqueya, corrompiéndola, que, tratándose de un tiempo extraordinario, recibieron el Episcopado con la finalidad, no de apacentarse a sí mismos, sino de unirse al resto de los Obispos católicos válidos para declarar como Jerarquía de la Iglesia Católica, pública y formalmente la Sede vacante y proceder a desarrollar una estrategia común para elegir a la Cabeza Visible, y de esa manera, poder luego ser ellos confirmados o no en los cargos, otorgándoles –el Sumo Pontífice- la jurisdicción necesaria .
Con dolor constatamos que, al demorar este DEBER SAGRADO Y URGENTE, junto con la demora se va diluyendo cada día más el concepto de “missio” en sus mentes, y son responsables de predicar sin ser enviados, alterando el Evangelio y las disposiciones eternas concebidas en el seno Trinitario sobre la Constitución de la Iglesia.
Los llamamos a unirse entre sí para encabezar el Ejército formado en orden de batalla que pueda presentar batalla, como Cuerpo organizado y jerárquico, a la falsa Iglesia conciliar, a la Apostasía constituida en Religión idolátrica y en Cuerpo Místico del Anticristo.
La Iglesia Católica NECESITA Y QUIERE Jerarquía católica, y por eso, NECESITA Y QUIERE un Papa Católico.
Por Simón del Temple
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