Ontología 7: Principios de conocimiento del ente.
Principios de conocimiento del ente
El examinar los principios de conocimiento como fundamentos y criterios de la certeza, y en sus diferentes relaciones especiales con la ciencia, pertenece a la lógica. La ontología o metafísica los examina únicamente bajo un punto de vista general, es decir, investiga si existe y cuál sea el primer principio de la ciencia; o en otros términos, si existe alguna verdad primaria que pueda considerarse como la base general de los conocimientos científicos.
Para la conveniente solución de este problema conviene tener presente:
1º Que los juicios y proposiciones pueden contener y expresar, o una verdad singular, como esta proposición: ahora llueve: o una verdad universal analítica, lo cual sucede cuando el predicado está contenido en la noción o idea del sujeto, v. gr. el cuerpo es sustancia: o una verdad universal sintética, cuando el predicado no está contenido en la idea del sujeto, como en esta proposición: algunos cuerpos son fluidos, en la cual, si atribuimos con verdad el predicado al sujeto, no es en fuerza del análisis de éste, sino en virtud de la experiencia que nos revela esta conveniencia.
2º Cuando se pregunta si existe algún primer principio del conocimiento, la cuestión puede tener tres sentidos: 1º si existe algún principio transcendental de la verdad, o sea si existe alguna verdad primaria y universal en la cual se hallen contenidas y de la cual deriven todas las demás verdades: 2º si existe algún primer principio de demostración científica, o sea si hay algún primer principio que además de ser per se notissimum, sea de tal naturaleza, que por medio de él pueda ser reducido a la verdad directa o indirectamente el que niegue las demás verdades: 3º si existe alguna verdad primitiva con prioridad de suposición; es decir, si hay algún juicio que se halle como embebido e incluido implícitamente en los [35] demás juicios del entendimiento, y que, por consiguiente, se presupone naturalmente a ellos.
A la luz de estas observaciones podemos ya resolver la cuestión propuesta en los siguientes términos:
A) Para todos los que no profesen el panteísmo y el ontologismo, es indudable que no existe para nosotros en esta vida un primer principio de conocimiento, si se habla en el primer sentido. Solamente Dios puede apellidarse con rigurosa razón principio transcendental de la ciencia, toda vez que sólo Dios es la verdad primera, universal, absoluta e infinita, y que sólo Dios, como ser puro, perfectísimo, ilimitado, contiene todos los grados del ser, o mejor dicho, la realidad y perfección de los seres actuales y posibles, ens realissimum, y por consiguiente, todas las verdades. Luego siendo innegable, por otro lado, que nosotros no poseemos la intuición ni un conocimiento perfecto de Dios en esta vida, es evidente que no existe para nosotros (quoad nos) el primer principio transcendental de la ciencia.
B) Por lo que hace al primer principio, tanto de demostración, como de presuposición, no puede ponerse en duda que existe y que tiene lugar en lo que llamamos principio de contradicción: es imposible que una cosa sea y no sea al mismo tiempo.
a) Primer principio de demostración; porque la misma experiencia nos enseña que este principio es el último a que podemos llegar, siempre que se trata de resolver o analizar un raciocinio o una demostración científica, sin que sea posible pasar de él cuando se trata de resolver un raciocinio en sus elementos y principios, ni presentar un principio-base de un raciocinio, que sea anterior o superior a él. Por otra parte, la misma experiencia nos enseña también que por medio del principio de contradicción, una vez admitidos podemos reducir a la verdad y a la razón por medio de demostraciones directas o indirectas, al que niega alguna otra verdad, especialmente si es verdad universal y perteneciente al orden científico. Porque debe tenerse presente que el primer principio de demostración se refiere a las verdades más o menos [36] universales, ya sean analíticas, ya sintéticas, que son las que constituyen la ciencia y las únicas susceptibles de demostración científica propiamente dicha.
Y esta observación es suficiente para reconocer que el principio de Descartes, cogito, ergo sum, no puede ni debe ser reconocido como primer principio de demostración; pues, aparte de otras razones y consideraciones, siendo, como es, un juicio singular y una verdad contingente, no puede servir de base propia para los raciocinios científicos, ni para las verdades universales que constituyen la ciencia. Las verdades singulares, como expresión de hechos contingentes, se perciben, pero no se demuestran. Por esta misma razón, al resolver o analizar un raciocinio o una demostración, no llegamos al cogito de Descartes, sino al principio de contradicción, que es la base natural y lógica de todo raciocinio perteneciente al orden científico.
b) Si, como acabamos de ver, el principio de contradicción es el último que se encuentra al resolver un raciocinio en sus principios, claro es que este principio se halla incluido explícitamente y como embebido en las varias proposiciones y juicios que constituyen el raciocinio, y por consiguiente, le corresponde también la razón de primer principio de presuposición.
Por otra parte, ésta es una deducción tan lógica como inmediata de su misma constitución o naturaleza íntima. En efecto; toda vez que los elementos del principio de contradicción son las ideas de ser o ente y de no ser, es consiguiente y necesario que siendo la idea de ente la idea primitiva, fundamental y anterior a todas las demás, también sea primitivo, fundamental y anterior a los demás, el principio sobre ella basado. Luego así como la idea de ente o ser es anterior naturalmente a todas las demás, y éstas, como determinaciones y contradicciones de la idea universalísima de ente, la contienen en sí, puesto que primero es ser, que ser tal cosa; así también es necesario y natural, que en todos los demás juicios del entendimiento se halle contenido implícitamente y embebido el juicio expresado por el principio de contradicción. [37] Por eso dice con mucha razón santo Tomás: «Aquello que primeramente se aprende o percibe por nuestro entendimiento es el ente, cuyo concepto se incluye en todas las cosas que alguno percibe. Y por eso, el primer principio indemostrable es que no se puede afirmar y negar al mismo tiempo, el cual se funda sobre la razón (concepto o idea) de ser y de no ser, y sobre este principio se fundan todos los demás (1).»
{(1) «Illud quod primo cadit in aprehensione est ens, cujus intelectus includitur in omnibus quae quis aprehendit. Et ideo, primum principium indemonstrabile est, quod non est simul affirmare et negare, quod fundatur supra rationem entis; et super hoc principio omnia alia fundantur.»}
Suelen objetar algunos que la razón de primer principio de presuposición corresponde al principio de Descartes, más bien que al principio de contradicción; porque todo juicio formado por el hombre, sin excluir el expresado por el principio de contradicción, presupone necesariamente el pensamiento y la existencia del hombre que forma el juicio.
Los que ésta objeción presentan, revelan haber meditado muy poco sobre la naturaleza de los dos principios indicados, porque de lo contrario habrían echado de ver que los juicios formados por el entendimiento presuponen e incluyen el principio cartesiano, no porque la verdad de aquéllos dependa ni tenga conexión necesaria con la verdad de éste, sino porque en razón de actos subjetivos, presuponen el pensamiento y la existencia del sujeto, como actos y fenómenos subjetivos anteriores naturalmente al acto o fenómeno subjetivo del juicio. En otros términos: el juicio, como acto subjetivo, presupone e incluye el principio cartesiano en cuanto éste expresa un hecho de conciencia; pero el juicio, considerado como juicio, es decir, como expresivo de una verdad universal y científica, no presupone el principio cartesiano, sino que es independiente de él; al contrario de lo que sucede con el principio de contradicción, el cual se presupone y se incluye en los [38] juicios de nuestro entendimiento, como juicios, o sea como actos que significan y expresan una verdad científica. Si digo: el hombre es racional, este juicio, en cuanto procede de mi entendimiento, y como hecho subjetivo, presupone el pensamiento como hecho anterior en orden de naturaleza, según que el acto de juzgar presupone e incluye el acto de pensar; pero no presupone el pensamiento en cuanto expresa la verdad, pues ya sea que yo piense o que no piense, la proposición será verdadera. Por el contrario, el principio de contradicción se halla incluido en dicho juicio, como condición necesaria de la verdad que contiene; toda vez que en tanto es verdadero, y tengo por tal ese juicio, en cuanto juzgo que es imposible que una cosa sea hombre sin ser racional, porque sería y no sería al mismo tiempo.
Toda esta filosofía es fundamento de la Suma Teológica de Santo Tomás, que puede encontrar resumida, en tan sólo 338 páginas en el Catecismo de la Suma Teológica que puede adquirir aquí mismo.
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