¿FUE LEFEBVRE UN OBISPO VÁLIDAMENTE CONSAGRADO?
¿ES MONSEÑOR LEFEBVRE
UN OBISPO ORDENADO VÁLIDAMENTE?
Eberhsrd heller traducción de Alberto Ciria
(Reimpresión del artículo aparecido en EINSICHT, Ano XIII, Nr.6, Febrero 1984)
Desde el discurso de Monseñor Lefebvre del 27 de mayo de 1976 en Montreal, Canadá, en el que confirmada haber sido ordenado sacerdote y obispo por el masón Achille Liénart, el debate llevado en un nivel público o privado- acerca de si las ordenaciones administradas por Liénart fueron válidas, o bien si él mismo es un obispo ordenado ilícitamente, no tiene fin. Al margen de algunas indicaciones ocasionales sobre el presente problema, hasta ahora no hemos adoptado públicamente ninguna postura, puesto que, en nuestra opinión, el material dado no es suficiente para una demostración concluyente de la invalidez de las ordenaciones (ni de la validez). A nuestro entender no se puede aducir una demostración ni en sentido positivo ni en sentido negativo. Para nuestra lucha contra el lefebvrismo han bastado argumentos más sólidos (como por ejemplo el reconocimiento obligatorio del inválido N.0.M.“, para los miembros de la hermandad -ordenado por Lefebvre bajo amenaza de expulsión-, o el reconocimiento obligatorio de los herejes Montini, Luciani y Wojtila como Papas legítimos) para mostrar que Monseñor Lefebvre y su organización no son más que un grupo de rebeldes tradicionalistas dentro de la apóstata organización de la “lglesia», que no sólo no tiene nada que ver con la verdadera oposición católica, sino que además, siempre que puede, destruye a ésta de modo programático.
Entre tanto, sin embargo, toda una serie de «sacerdotes» han abandonado la hermandad de Lefebvre y trabajan (o por lo menos lo intentan) como «curas» en los más diversos centros de celebración. Esta circunstancia nos da la ocasión de llamar la atención sobre el problema relacionado con las «ordenaciones» que se les administraron.
En primer lugar presentamos aquí fragmentos del discurso que Monsenor Lefebvre dio el 27 de mayo de 1976 en Montreal y que desató el debate en todo el mundo:
«El Santo Padre [Montini] se educó en un medio modernista […]. Por eso no es sorprendente que el Papa no reaccionara como hubiera reaccionado San Pío X, como hubiera reaccionado el Papa Pío IX o un León XIII. Como fenómeno consecuente, en el Concilio reinaba una atmósfera tal que no había oposición alguna frente al influjo modernista ejercido por un grupo de cardenales que estaba dirigido principalmente por él […]. Ahora bien: hace dos meses la revista tradicionalista CHIESA VIVA publicó en Roma en el reverso de la portada -yo lo he visto en Roma con mis propios ojos- una fotografía del Cardenal Liénart con todos sus atributos masones, el día de la fecha de su iniciación en la masonería, el grado en el que pertenecía a la masonería, luego la fecha en la que ascendió al grado vigésimo y más tarde al grado trigésimo de la masonería, que se sumó a esta y a aquella logia, en esta y en aquella ciudad. Desde entonces, hace aproximadamente dos o tres meses, después de que apareciera esta publicación, no he escuchado ningún tipo de reacción ni ningún tipo de rechazo. Desgraciadamente tengo que decirles ahora que este Cardenal Liénart es mi obispo, que es él quien me ordenó sacerdote, que es él quien me consagró obispo. No es culpa mía […]. Afortunadamente las ordenaciones son válidas […]. Pero pese a todo fue muy doloroso para mí enterarme de esto.” (Citado según la traducción alemana del Dr. Hugo Maria Kellner, de Estados Unidos, en la carta Nº. 72 de julio de 1 977); los datos sobre Îa pertenencia de Liénart a la masonería pueden encontrarse en la revista CHlESA VIVA, Nº. 51, marzo de 1976, dirección: C.V., Editrice Civiltá, Via Galilco 121, I – 25100 Breccia.)
Según ha podido demostrar eI Dr. Kelłner, ya antes de mayo de 1970 Monseñor Lefebvre tenía conocimiento de la pertenencia de Lienart a la masonería.
Acerca de las personas de aquí se trata:
Achille Liénart:
1907: ordenación sacerdotal.
1912: ingresa en en la logia masónica de Cambrai (más tarde asociación con logias en Lille, Valenciennes y París).
1919: es nombrado «Visîteur» (grado decimoctavo).
1924: ascendido al grado trigésimo.
1928: es ordenado› obispo.
Aparte, Lienart asistía a misas negras.
Marcel Lefebvre:
Nacido el 29 de noviembre de 1905 en Tourcoing, diócesis de Lille.
Estudiante en el seminario de Lille, en el que Liénart enseñaba como profesor antes de ser ordenado obispo.
Es ordenado sacerdote el 21 de septiembre de 1929 por Liénart, que entre tanto ha sido consagrado obispo.
Es ordenado obispo por Liénart el 18 de septiembre de 1947.
Fuentes acerca de la pertenencia de Lienart a la masonería:
Andre Henri Jean Marquis de la Franquerie, L’infaillibilté pontificate, segunda edición 1970, pp. 80 y ss. El libro puede adquirirse en Jean Auguy, edittor, Diffusion de la Pensée Française, Chire-en- Mon-Treuil, F – 86 19O – Vouillé.
El autor demuestra también que Lienart era satanista. Marquis pertenecía a la cámara secreta del Papa y era conocedor de las infiltraciones masonas en el Vaticano, y sobre todo también de las actividades de Rampolla, cardenal y masón, secretario de Estado en tiempos de León XIII.
Poco después de ser conocidos estos hechos las dudas sobre la validez de las ordenaciones administradas por Liénart y Monseñor Lefebvre empezaron a circular abiertamente. En seguida se concentraron en la pregunta de si el satanista y masón de alta graduación Liénart en 1928 estaba dispuesto con la intención adecuada a recibir válidamente la ordenación episcopal. Si esta pregunta tuviera que responderse negativamente, entonces resultarían las siguientes conclusiones: si Lienart no hubiera recibido una consagración episcopal válida, las consagraciones administradas a Lefebvre evidentemente serían también inválidas, así como las ordenaciones que el propio Lefebvre administró.
En este sentido se ha argumentado aún de este modo: aun cuando la «ordenación episcopal» de Marcel Lefebvre por parte de Lienart hubiese sido inválida, al menos los dos coconsagradores habrían administrado válidamente la ordenación episcopal. Este argumento sería pertinente si fuera cierto que previamente Lefebvre había sido ordenado sacerdote válidamente. Pero como la ordenación sacerdotal fue administrada también por el masón Liénart, de cuya consagración como obispo precisamente se duda, siendo que por otro lado para la recepción de la consagración episcopal se presupone la administración de la ordenación sacerdotal válida, esta réplica ya no puede mantenerse.
La pregunta de si en 1928 la disposición intencional de Lienart era tal que recibió válidamente la ordenación episcopal, en los círculos de la posición católica se respondió de modo muy diverso:
El Dr. Hugo Maria Kellner, de los Estados Unidos, intentó demostrar la invalidez apuntando a posibles falsificaciones en el derecho eclesiástico de 1917. (Cartas Nº. 72 y 75 de 1979.) A esta argumentación se sumó desde Francia en 1979 Abbé E. Robin, entre tanto fallecido.
Guerard des Lauriers, en aquella época Padre, trate de refutar los argumentos aportados. (Carta del 14 de junio de 1979)
Gloria Riestra, en TRENTO, también considero valida la consagración.
Por el contrario A. Eisele, editor de las SAKA-Infotmationen, exprese sus dudas a comienzos de 1980.
Fuertes dudas sobre la validez tienen el obispo Vezelis (THE SERAPH de 1983) y también los obispos mejicanos.
Posteriormente, en una circular del 27 de abril de 1983 el Prof. B, F. Dryden de Estados Unidos abogo de nuevo por su validez.*)
En favor de la validez de las ordenaciones se aduce asimismo que es seguro que Lienart habría recibido las ordenaciones con la intención correspondiente, y por tanto válidamente, precisamente porque el quería desafiar a la Iglesia en calidad de obispo. (De modo similar a como sucede en las “misas negras», en las que las hostias también son consagradas válidamente por obispos que han renegado para asimismo poder profanar realmente el cuerpo de Cristo.)
En Munich hemos discutido este problema con (+) H. H. Dr. Otto Katzer varias veces y muy por extenso (más de echo horas): la mera pertenencia a la masonería no es suficiente en cuanto tal para demostrar la recepción invalida, Únicamente la hace irregular. Pero en este case el Código de Derecho Canónico prohíbe el ejercicio de los plenos poderes obtenidos sin autorización. Tampoco la visita de “misas negras» es por sí misma un indicio suficiente. La herejía de Lienart y la destrucción de la fe en el segundo Concilio Vaticano, al que también se refiere Monsefior Lefebvre, no permiten una conclusión directa acerca de su estado mental o de su disposición intencional en el año 1928, en el momento de su consagración (o más bien “consagracion»). Pero si se toman en su conjunto todos los momentos agravantes y se considera la posicion de Lienart en la masonería que hemos expuesto, todo eso permite dudar justificadamente de la intención necesaria para la recepción valida. El Padre Katzer, que primero se negó con rotundidad a ocuparse de este tema, poco antes de su muerte llegó a considerar “que Lefebvre se encuentra en una mala situación», refiriéndose a la dudosa validez de su ordenación, y cabe dudar de si a causa de la insegura intencion de Lienart.
Pero también podría ser que —come se ha aducido arriba- Lienart mantuviera una intención suficiente precisamente porque quería dañar a la Iglesia, Esta posibilidad es absolutamente oportuna, solo que no se puede probar.
En nuestra opinión, no se puede aducir una demostración positiva ni para la validez ni para la invalidez. Una empresa semejante tiene que acabar necesariamente en especulaciones teologico-morales o psicologico-morales, dado que precisamente al Cardenal Lienart ya no se le puede preguntar acerca de su postura en aquel momento –esta muerto-, y aun cuando hubiera podido dar una respuesta, no sería seguro que pudiera recordar su intención en aquel momento, y aunque lo pudiera, que nos dijera la verdad.
Para la administración de los sacramentos rige el principio “tutior», es decir, el católico tiene la obligación de elegir la administración más segura [es decir, no puede recibir “sacramentos” de los “sacerdotes lefebvristas, habiendo otras opciones]. En caso de una administración demostrablemente dudosa la Iglesia prescribe repetir este sacramento sub conditione (a lo que se negó Lefebvre)
En el caso presente, nos sumamos a las recomendaciones que Monsefior Guerard des Lauriers —que por aquel entonces todavía no había sido consagrado obispo [pero no a su absurda tesis Cassiciacum]- daba a sus alumnos que habían sido ordenados (u ,”ordenados’) por Monseñor Lefebvre y que a causa de conflictos dogmáticos habían abandonado su organización: bajo las circunstancias dadas, entre las que están las “ordenaciones” de Lefebvre, hay que hacerse reordenar sub conditione.
Nota:
*) Entre tanto se han adoptado más posturas sobre este problema. Entre otras les recuerdo la exposición muy extensa del Padre Groll en KYRIE ELEISON Nr. 1-4, 1987, quien trataba de solventar las dudas sobre la validez de las ordenaciones a la manera del teólogo dominico Ambrosio Catharinus (+1535). Por contra, Andre Perlant, entre tanto fallecido, le respondió con sus “Observaciones sobre la teología del Padre Gron» („Arunerlcun-gen zur Theologie von H.H. P. Groll», EINSICHT Nr. 4, ano 20, octubre de 1990, pp. 37 y ss.), donde, frente al parecer del Padre Groll, insistía de modo decisivo en la importancia de una intención positiva en la Administración de los sacramentos. En un capítulo especial “La destruction del sacerdocio sacramental a cargo de Ia ,Iglesia conciliar romana»‘ (,,Die Zerstikung des sakramentaleu Priestertums durch die ‘romische Konzilskirche»`, EINSICHT, segundo nº especial, abril 1991), el Prof. Wendland trataba igualmente de aportar la demostración de que las ordenaciones de Lefebvre son invalidas debido a la falta de intencion.
CARTA DE SU EMINENCIA EL ARZOBISPO
NGO•DINH-THUG A MONSESIOR LEFEBVRE ACERCA DEL PROBLEMA DE,LA VALIDEZ DE SU ORDENACION
„Rochester, New York 14616 USA
Monseñor, me he enterado de que en la actualidad se encuentra Vd. en un mal estado de salud. Por este motivo deseo decirle algo.
Vd. fue ordenado obispo por el cardenal Lienart. Ahora bien, este cardenal jamás fue un creyente de nuestra religión, por lo que la ordenación de Vd. a cargo de él es nula.
Yo estoy dispuesto a ordenarle obispo o a encontrar un obispo que aceptara ordenarle en secreto. Por cuanto respecta a los seminaristas a los que Vd. ha administrado recientemente la ordenación sacerdotal, Vd. estaría entonces preparado para transmitirles el ministerio sacerdotal o para encontrar un obispo, por ejemplo, yo mismo, que los ordenara. Todo esto en el mas estricto secreto, solo sabido por Vd. y por mi.
Pierre-Martin Ngo-Dinh-Thuc
Arzobispo
Marcel Lefebvre hizo caso omiso de esta generosidad de Pierre-Martin Ngo-Dinh-Thuc, por lo que sigue la duda sobre la validez del “sacerdocio” conferido por su linaje, lo que obliga a abtenerse de recibir los sacramentos de los «sacerdotes» que provienen de él.
Muy buen artículo, ¡sin duda!
Hubo una costumbre entre los primeros obispos sedevacantistas de reordenar «sub conditione» a los sacerdotes de la Fsspx que pasaban al sedevacantismo (http://www.einsicht-aktuell.de/index.php?svar=5&artikel_id=1346&searchkey=sub%20conditione), pero me parece que, desafortunadamente, esta práctica comenzó a cambiar en aquel entonces por una intervención de Mons. Carmona (este dato también está en la revista Einsicht pero no logré encontrarlo de nuevo).
Nosotros sabemos que el Papa León XIII en «Apostolicae Curae» afirma que cuando un ministro realiza el ritual sacramental usando la materia y la forma correctos, sin la apariencia de eludir o simular, se asume con certeza moral que tal ministro ha actuado con validez. Sin embargo, es perfectamente cierto, por supuesto, que un ministro podría invalidar un sacramento teniendo una intención positiva en su contra, y teóricamente podemos imaginar que un obispo masón, que quiera insultar y perjudicar a la Iglesia, podría hacer eso. Y esto es algo que no se puede ignorar, teniendo en cuenta que Lienart fue un masón del más alto grado.
Sin embargo, algunas personas, con un argumento simplista y generalizado, afirman que siempre es teóricamente posible que el ministro de cualquier sacramento pueda falsificar su intención y luego se podría argumentar que uno nunca podría estar seguro de la validez de ningún sacramento. Los teólogos dicen que Nuestro Señor claramente tenía la intención de que tuviéramos confianza en la validez de los sacramentos y que, por lo tanto, cuando dependía de la intención interna del ministro, las acciones externas del ministro serían criterio suficientemente seguro de sus intenciones.
Con respecto al anteriormente dicho de que el ministro de cualquier sacramento podría falsificar su intención y luego se podría argumentar que uno nunca puede estar seguro de la validez de ningún sacramento, concedo la primera y niego la segunda. Doy la primera principalmente en el caso de un ministro masón del más alto grado, como lo fue Lienart, y niego la segunda precisamente por la misma razón por la que doy la primera, ya que no todos los ministros de los sacramentos pertenecen al más alto grado de la masonería, y en el caso de un masón del más alto grado no se puede estar moralmente seguro de la validez de un sacramento supuestamente hecho por él.
Y tratandose de sacramentos debemos ser absolutamente rigurosos o turcionistas. Por lo tanto, creo que el beneficio de la duda en el caso de la ordenación o consagración de Lefebvre es absolutamente legítima, y que se debe sacar las consecuencias.
Sin embargo, es necesario hacer una reserva en aras de la justicia y la honestidad intelectual, hay algo muy importante y que se está ignorando en este tema. Es muy importante enfatizar que, considerando las disposiciones de la Constitución Apostólica «Episcopalis Consecrationis», a partir de las consagraciones episcopales de 30 de junio de 1988, llevadas a cabo por Lefebvre y Mons. Antonio de Castro Mayer como Obispo Asistente, no habrá más dudas sobre la validez de los sacramentos confeccionados por los sacerdotes y obispos descendientes de los cuatro obispos consagrados en aquella fecha, el linaje de Fsspx quedó asegurada por la co-consagración del León de Campos, Mons. Antonio de Castro Mayer.
NOVISSIMA HORA:
Parece que su lectura de este artículo es distinta que la mía. Porque según dice en su comentario, concluye usted con craso error, que no habría más dudas sobre las consagraciones episopales y ordenaciones sacerdotales a partir del 30 de junio de 1988.
Pero, no obstante, las dudas sobre la validez de las ordenaciones a partir de esa fecha persisten. Porque:
O los «sacerdotes» fueron «ordenados» por Lefebvre, del cual se duda que fuera obispo por la carencia anterior del sacerdocio, ya que el episcopado requiere antes el sacerdocio.
O «los «sacerdotes» fueron «ordenados» por Fellay, Tisiers, Williamson, o Galarreta. Pero es dudoso que estos fueran válidos obispos, porque si Lefebvre no era obispo jamás pudo ordenarlos sacerdotes, y si no eran sacerdotes, ni aunque los hubiera «consagrdo» obispos todos los cardenales juntos, no serían jamás obispos, por la misma razón anterior. Mons. Castro Mayer, del que no se duda de su episcopado jamás pudo conferir el episcopado a quien anten no eran sacerdotes. Y como a esos 4 «obispos» los «ordenó» «sacerdotes» Lefebvre, del que se duda positivamente que fuera obispo, no haabrí certeza ninguna de que la consagración fuera válida, ya que no se puede dar el episcopado por salto, como asegura Santo Tomás de Aquino.
Luego la duda sobre la validez de la consagración episcopal de Lefebvre sigue recayendo sobre los 4 dudosos obispòs y sobre todos los sacerdotes que estos ordenen: Altamira, Ramiro Ribas, Méramo, Ceriani, etc.
La solución ya la dio G. de Lauriers: que todos se hagan ordenar sub conditione por obispos válidos del linaje de Mon. Thuc u otros válidos si los hubiese. Mientras no se ordenen sub conditione, todos esos sacerdotes son de validez dudosa positiva. Por lo que el fiel, que como usted bien dice, en lo sacramental está obligado a ser tuciorista ( no puede elegir lo dudoso), no debe recibir los sacramentos de manos de estos dudosos sacerdotes, porque según un principio de moral básica no se puede actuar en la duda ya que hay probabilidades de ofender a Dios.
Este creo que es el verdadero sentido del artículo, y no su interpretación del párrafo final. El problema de la duda sobre el episcopado de Lefebvre recae y seguirá recayeno sobre todos los «obispos» de su linaje y todos sus «sacerdotes», quizá como castigo de su herejía y cisma. Y eso mientras no se ordenen sub conditione por obispos del linaje de Thuc, que no fueran antes «ordenados sacerdotes» en la línea de Lefebvre, como Samborn, Dolan,Ricossa, etc, sobre los cuales recae la misma duda
Eva María,
Antes de citar a Santo Tomás sobre la cuestión de las órdenes «per saltum», le recomiendo que lea lo que realmente dijo el Santo al respecto. Antes que nada hay que entender la naturaleza del episcopado, allí está la clave. Esta es una cuestión jamás zanjada por la Iglesia y que los teólogos y doctores han estado estudiando hace siglos y que, desafortunadamente, solo se trató adecuadamente durante el conciliábulo Vaticano II en el documento «Lumen Gentium» § 21.
Por favor, no sigan repitiendo como loros la mala interpretación y conclusiones que unos dan sobre las órdenes «per saltum», hagan un estudio serio, proprio y independiente. La infalibilidad está en la Iglesia y en sus hechos infra-históricos, la ordenación recibida «per saltum» es un hecho histórico que ni siquiera Santo Tomás puede cambiar y ni la Iglesia misma jamás podrá negar su validez. Más de 30 Papas fueron ordenados de esta manera entre los siglos IX y XI, y de estos al menos cinco pasaron de diáconos a obispos de Roma, mientras otros fueron simples subdiáconos, hasta mismo el sitio web de la Roma apóstata aún conserva estos datos. Los teólogos de los siglos XVIII y XIX ya no se refieren a la ordenación «per saltum» como una hipótesis, antes la usan como base para la defensa de otras tesis de la teología sacramental. Le sugiero que lea más y saque sus propias conclusiones y deje de repetir lo que otros concluyen erróneamente con la simple intención de sostener posiciones cómodas y sectarias.
Dejaré aquí un enlace a un trabajo magistral realizado por los mejores teólogos y doctores de toda España en época del Papa Pío XII, dudo que alguien, intelectualmente honesto, continúe manteniendo la invalidez de las órdenes «per saltum» después de leer estes trabajos por completo, yo mismo me vi obligado a cambiar mi posición con respecto a este problema después de leerlos: https://archive.org/details/xviedecimoquinta00sema/page/n5/mode/2up
Evidentemente usted quiere interpretar a Santo Tomás, cuando él dice expresamente que las órdenes per saltum para el sacerdocio no invalidan éste. Pewro sería preciso pensar de diverso modo si se tratase de un obispo que no hubiera recibido antes el sacerdocio y la razón que dan, por ejemplo las Conferenciasa Eclesiásticas de la Diócesis de Angers en 1833- VIII, pag. 501-. es que porque el episcopado no es más que una extensión del presbiterado o bien porque siendo el episcopado la cumbre del sacerdocio supone necesariamente el caracter presbiteral en el que se ha de consagrar como obispo. Y todo los teológos de nota, siguiuendo a Santo Tomás sostienen que sería nulo el orden episcopal si antes no se posee el carácter sacerdotal. En esto las conferencias de Angers siguen al pie de la letra al Aquinate.
Lo que usted afirma se refiere a la recepción de la ordenes menores y mayores para recibir el presbiterado. En efecto, la recepción del presbiterado sin las órdenes anteriores no le hace inválido, sino ilícito como bien señala el CIC.
Pero aquí se trata de que un obispo dudoso «ordenó» «sacerdotes» a cuatro sujetos. Con lo cual hay duda sobre su sacerdocio. Luego nadie puede consagrar válidamente a estos sujetos como obispos si no son sacerdotes antes. Por lo tanto, la duda sobre la validez de los «obispos» y de los «sacerdotes» ordenado por estos «obispos» persistirá por los siglos de los siglos, hasta que no se hagna ordenar sacerdotes por un lineja que no sea dudoso, como por ejemplo el de mons. Tuc. Por lo tanto, dado que sus sacramentos son dudusos, ningún católico debe recirlos, salvo en caso de grave peligro.
Por lo tanto, Santo Tomás in 4 dist. 24, cuest. 1, art. 2, cuestincula 5 no está hablando de las órdenes per saltum para recibir el episcopado, sino el presbiterado.
Si usted cambió la opinión, debe volver a la antigua que sostenía, que expresa la verdad: El episcopado no se puede recibir sin tener previamente recibido el presbiteriado; pero el presbiteriado si se puede recibir, aunque ílicitamente, sin haber recibido antes las otras órdenes. Porque ese es el pensamiento de Santo Tomás, y de todos los teólogos notables. Obviamente Santo Tomás conocía el canon solicitudo del Papa Alejandro II del año 1060, y por esa razón, según su precisión habitual quirúrgica, distinguió entre las órdenes per saltum para el presbiterado y las órdenes per saltum para el episcopado, sentenciando la doctrina que ha hecho suya la Iglesia: a saber, el presbiterado per saltum es válido pero ilícito, el episcopado per saltum es inválido, absolutamente nulo. Como Fellay, Williamson, Tissiers,Galarreta y el mismo Lefebvre eran sacerdotes dudosos, es dudosa la recepción de su «episcopado» y la duda persiste sobre todos los «ordenados» por éstos, porque existe duda de que los cinco fueran válidamente ordenados sacerdotes, luego no pudieron jamás recibir el episcopado si no eran presbíteros antes; en concuclusión sus sacramentos son dudosos y la moral católica obliga a evitarlos.
Estimada Eva María,
Por favor, no solo intente ganar a esta discusión, lea el material adjunto a mi anterior comentario y vea cuál fue realmente la postura de Santo Tomás durante el transcurso de su vida con respecto al episcopado y las consecuencias y relaciones de eso con la controversia de las órdenes recibidas «per saltum».
DE LA RECEPCION DE SACRAMENTOS
De los requisitos por parte del sujeto. Además de las partes del sacramento y de la intención del ministro, también se requieren algunas cosas cuya falta vuelve inválida la recepción del sacramento, o válida sí, pero infructuosa.
a) Para que la recepción del sacramento sea válida, el sujeto receptor debe ser capaz, pero es capaz si es hábil para recibir la cosa y el sacramento. Si es incapaz, el sacramento se recibe inválidamente.
Hay que repetir aquí la doctrina de la dogmática, de que en cualquier sacramento se deben distinguir tres cosas:
+el solo sacramento, esto es, solamente lo que significa, pero no lo significado (signo sensible);
+la cosa sola, es decir lo que es significado y no significa más (la gracia producida por el sacramento)
+y, por fin, algo intermedio, la cosa y el sacramento, esto es, lo que es significado por un signo sensible (el carácter y, en otros sacra¬mentos, algún título de gracia).
b) Para que la recepción del sacramento sea también fructuosa el sujeto debe, además, estar dispuesto, disposición que existe si el sujeto está hábil para realizar la cosa del sacramento.
Luego, son posibles tres casos:
1. El sujeto es tanto capaz como dispuesto y, como consecuencia, el sacramento es válido y fructuoso (formado).
2. El sujeto es incapaz, por lo tanto el sacramento es inválido e infructuoso, porque no puede ser tenida la cosa si no sostiene antes la cosa y el sacramento.
3. El sujeto es ciertamente capaz pero no dispuesto y, como consecuencia, el sacramento es válido pero infructuoso (informe; pues la gracia santificante es forma del alma).
α. El defecto de disposición se llama óbice, porque obstaculiza el que la cosa y el sacramento produzcan ulteriormente la gracia en el alma.
ß. Quien conoce que falta la disposición (el óbice formal), recibe sacrílegamente el sacramento informe; quien lo ignore (óbice material), recibe el sacramento en forma neutral, esto es, ni tiene fruto ni comete pecado.
c) Para que sea legítima la recepción del sacramento, se requiere que el sujeto no esté excluido de los derechos de los católicos ni esté restringido en el uso de los derechos, de lo contrario la recepción del sacramento sería ilegítima (aunque tal vez exista capacidad y disposición).
Ilegítimamente recibirían el sacramento:
α. los herejes, los cismáticos, los apóstatas;
ß. quienes estén envueltos en censura de excomunión o de interdicto personal porque, en lo que se refiere a los derechos de los bautizados, obsta el óbice que impide el vínculo de la comunión eclesiástica o la censura dictada por la Iglesia (can. 87; cf. cn.731 § 21 del Código del año 1917).
d) Se dice que los sacramentos son recibidos lícitamente, si por el receptor del sacramento son observadas todas las normas exigidas sobre el ministro, tiempo, lugar, vestido del cuerpo, etc., que por voluntad de Cristo y de la Iglesia deben ser observadas, aparte de las cosas y reglas esenciales del sacramento. Quien pues, recibe un sacramento ilícitamente, ciertamente recibe un sacramento verdadero, pero con su percepción comete pecado, grave o leve según que desprecie (o descuide) un precepto de mayor o menor importancia.
Pongamos un ejemplo:
En la recepción del Sacramento del Orden, el sujeto Marcel Lefebvre, ¿lo recibe lícita y válidamente?
Respondo:
Pareciera que en el sujeto hubiera buena disposición para recibir la cosa y el sacramento, y por tanto sería fructuosa su recepción siendo hábil para recibirlo.
Pero, por otra parte, sabemos con certeza (por lo que León XIII declara) que el dador del Sacramento del Orden, no había sido sujeto-él mismo- de recibir el Sacramento, por defecto de intención, es decir, previamente a su propia recepción del Episcopado era masón altígrado, lo que significa que había rendido culto a Satanás y era luciferino, y como la “intención de la masonería es ESENCIALMENTE contraria a la intención de la Iglesia (León XIII), se debe concluir en pura lógica que no era Obispo católico, y que además de la Excomunión que pesaba sobre él (Lienart) en la cual no podría ampararse Lefebvre para sostener la validez de su recepción del Orden sosteniendo que sólo hubiera existido ilicitud, existía el impedimento en Lienart , en su falta de intención católica, que tenía cuando “recibió” (que no recibió) el Episcopado.
Por tanto, Marcel Lefebvre pese a sus buenas disposiciones NO PUDO recibir NADA, no por él mismo, sino por Liénart, que era absolutamente inhábil e inepto.
En consecuencia, todos los “ordenados” y “consagrados” por Lefebvre no poseen el Orden Sacerdotal.
Por tanto, pareciera que no es suficiente la ordenación o consagración sub conditione,, por el contrario para tranquilidad del mismo sujeto receptor del Orden Sagrado y de la de los fieles parece que sería conveniente empezar de cero, es decir ordenar al sujeto desde loa Ordenes Menores hasta el Sacerdocio, y luego -en los casos que sea preciso- también la consagración episcopal.
Obrando de este modo ya nadie podría dudar.
NOVISSIMA HORA:
No intento ganar una discusión. Sólo estoy interesada en la verdad. Pregúntese si usted se empeña en ganar contra toda evidencia. Además es contradictorio: por una parte elogia el artículo y por otra lo contradice. Sin embargo la conclusión de artículo es clara: Hay duda positiva, luego se deben ordenar, al menos sub conditione, y en tanto no lo hagan los fieles católicos deben evitar sus sacramentos. En esto coincide con l doctrina del Maestro de las Sentencias, San Buenaventura, y el doctor común, Santo Tomás de Aquino.
Santo Tomás de Aquino dice: El episcopado no es un orden, si el orden se entiende un sacramento distinto al presbiteriado. Sin embargoi, se puede decir que el episcopado sea un orden, si por orden se entiende un oficio relacionado con una acción sagrada, por lo que en este sentido se puede decir con pleno derecho que el episcopado SIN SER UN SACRAMENTO, es un orden diverso del presbiteriado, ya que el obispo tiene un poder superior al poder que tiene el presbítero, pero sólo en orden al Cuerpo Místico ( la Iglesia), AUNQUE NO SE DÉ UN PODER SUPERIOR EN LA EUCARÍSTIA, ya que aquí es lo mismo ser presbítero que ser obispo. De ahí, que para Santo Tomás se requiera el carácter sacerdotal para conferir los sacramentos, y sea necesario adquirirlo antes para recibir el poder sobre la Iglesia. Sin el caráctar sacerdotal, que no da el episcopado, no se recibe el poder episcopal sobre el Cuerpo Místico.
San Buenaventura considera que el episcopado no es un orden dentro del sacramento del orden, sino la ampliación del poder conferido a los presbíeteros. De ahí que no se dé el episcopado per Saltum.
San Alberto Magno consideraba que el episcopado es un simple poder de jurisdicción. Luego para él se requería el presbiterado anteriormente conferido para que el episcopado pudiera hacer acciones sacramentales válidas.
Los Decretos de Graciano, no obstante, reconocen al episcopado como un orden superior al presbiterado, que requiere haber recibido antes éste.
Juan Pedro Olivi, reconoce sólo el carácter al presbiteriado, y no al episcopado.
Podemos seguir con Scoto o Durando y otros. Pero en genera, se puede decir que los escolásticos mediavales no negaban el valor desacramento al episcopado, sino que la mayoría consideraba la sacramentalidad del episcopado INCLUIDA YA EN EL PRESBITERIADO.
lUEGO, SI HAY DUDA SOBRE LA VALIDEZ DEL PRESBITERIADO RECIBIDO, PERSISTE LA DUDA SOBRE LA VALIDEZ DEL EPISCOPADO. CONCLUSIÓN. la que dice el artículo o la que señala el comentarista Simón del Temple, que de esto sabe mucho más que una servidora: Se han de ordenar- sub conditione o absolutamente- para acabar con la duda positiva sobre la validez de su ordenacoión en el linaje MASÓN LIENART> CISMÁTICO Y HERÉTICO LEFEBRVE.
Por cierto, he leido lo concerniente en el link que mandó. En resumen, hay confusión, falta de claridad, ya que una cosa es recibir el presbiterado per saltum- ilégitimo, pero válido-, y otra cosa es recibir el episcopado sin haber sido antes ordenado presbítero- Nulo, plenamente nulo-.
Muchas gracias por este debate. Lea a Santo Tomás, San Buenaventura y a Pedro Lombardo, ahí está la verdad, en especial en las distinciones que hace el primero.
Igual deberíamos ir a lo esencial del asunto. No hace falta saber teología para entender que quien se halla fuera de la Iglesia no puede recibir, ni menos impartir, los Santos Sacramentos. Y si el Magisterio papal ya dejó claro repetidamente que ni masones, ni comunistas,ni demás afectos a doctrinas heréticas, son siquiera católicos ni pueden formar parte del Cuerpo Místico de Cristo, ?cómo podrían recibir u otorgar consagraciones válidas?
Blanca:
No es tan sencillo como a usted le parece. Probablemente vea usted tan claro que hay que «ir a lo esencial del asunto», pero si hemos llegado a tal punto que han sido necesarios muchos artículos y estudios sobre el particular, es justamente porque aquellos que debieran tenerlo claro, no lo tienen. Hay intereses creados y cuestiones de justicia de por medio, que hacen que no interese abrazar la verdad dolorosa de la invalidez de muchas ordenaciones y consagraciones. Recemos y pidamos a la Mediadora de todas las Gracias que quienes tengan que hacerlo, sin más dilaciones lo hagan.