Montini: firmó el decreto Dignitatis Humanae sobre el que se funda una nueva iglesia que no es la de Jesucristo.

Por el P. Fernando Altamira.

Queridos fieles: Aún una prédica más, la tercera, trilogía en honor de Dios Nuestro Señor Jesucristo en su calidad de “Rey”: Rey de cada una de las almas, de cada uno de los seres humanos, Y REY TAMBIÉN DE CADA UNO DE LOS PAÍSES, sean o no sean éstos católicos: Él es Dios, le corresponde ser reconocido como “Dueño y Señor” de todo lo creado, de todas las naciones de la tierra, el reconocimiento de su “realeza social”. Y todos los Estados y países le deben (o deberían) rendir culto y pleitesía a través de su única religión, el Catolicismo.

Ya habíamos dicho, en nuestra primera prédica, que los dos grandes sistemas políticos, enemigos de Dios Nuestro Señor Jesucristo, enemigos de estos hechos y verdades recién mencionados, son el Liberalismo y el Comunismo, ambos pésimos, ambos condenados en repetidas oportunidades por la Iglesia Católica, por los Papas. Y por extensión están condenadas las interminables formas y variantes que se derivan de uno y otro: los distintos tipos de Liberalismo (se llamen o no se llamen así), los distintos tipos de Socialismo, y las innúmeras mezclas entre ambos a la vez. En esa primera prédica, leímos, asimismo, algunas de las tantas condenas de la Iglesia Católica contra el Liberalismo, y la famosa condena del Papa Pío XI contra el Comunismo. En ésta, queríamos abordar un error más específico y concreto del Liberalismo.

(Cuerpo)

Primero hagamos una enumeración de ERRORES derivados del Liberalismo. Sin duda no tendremos tiempo de explicar todos estos errores y las condenas de la Iglesia Católica sobre ellos, pero vale la pena que al menos queden mencionados:

-(1) La soberanía popular contra el hecho y la realidad de que el poder no viene del pueblo sino de Dios. (2) Los sistemas parlamentarios modernos donde cualquier cosa puede ser “derecho y ley” mientras haya sido aprobada (voluntarismo). (3) Ateísmo, laicismo o indiferentismo de Estado con respecto a Dios y a su Religión Católica, contra “la confesionalidad católica de los Estados”. (4) La falsa solución de “elegir el mal menor”: al mal no se lo elige ni como “mal” menor (v.gr. pecado venial), ni como “mal” mayor (v.gr. pecado mortal); lo único que está permitido elegir es “el Bien”, y cuanto mucho se podrá tolerar o soportar el mal; pero “elegir” el mal, mayor o menor, siempre es una mala acción y un pecado. (4 bis) Relacionado con esto, hagamos un paréntesis: hay gente que en su vida diaria escoge sin problema hacer pecados veniales (por ej, las mentiras leves), “total no me voy a condenar por eso”; respondemos: tal vez sí se va a condenar, porque, como enseñan los santos, el que comete pecado venial sin problema, en general termina también cometiendo pecados mortales, porque una cosa va llevando a la otra. Pero ahora sigamos con los errores del Liberalismo: (5) Las falsas leyes, las “leyes” inmorales (desenfreno moral, anticoncepción, unión libre, matrimonio civil para católicos, aborto, homosexualidad, educación sexual, fomento de la promiscuidad, etc). (6) Y por último, los falsos derechos del Liberalismo: libertad de prensa, libertad de educación, libertad religiosa, etc, etc.

Hoy nos queríamos quedar con una mayor explicación de uno de esos falsos derechos del Liberalismo: El derecho a la libertad religiosa, el cual fue (y es) uno de los grandes “caballitos de batalla” defendido por el Concilio Vaticano II (en el documento “Dignitatis humanae”), defendido por la falsa Religión Moderna, por Paulo VI, por Juan Pablo II, por Benedicto, por Francisco; “defendió” a pesar de los 200 años de condenas ininterrumpidas contra eso mismo, mostrando el error de dicho falso derecho, condenas realizadas por los Papas desde la Revolución Francesa hasta Pío XII, que muere poco antes de que comience el mencionado Concilio Vaticano II. ¡Y este falso derecho a la libertad religiosa, como caballito de batalla, está muy bien elegido!… ya diremos por qué. Pero antes de abordar este tema deberemos explicar sobre el derecho en general.

¿Qué es el derecho? Para responder utilizaremos a grandes maestros que han estudiado y mostrado el verdadero significado del “derecho”, y los errores del pensamiento moderno sobre este punto.

Comencemos por los errores.

Modernamente, se enseña en las universidades que «el derecho» tiene dos nociones o significados: -Uno, objetivo o “derecho objetivo”, y se lo define como el conjunto de normas o leyes. -Y otro, subjetivo o “derecho subjetivo”, que expresa un poder de la voluntad (o facultad moral) para hacer o no hacer algo, o para exigir una determinada conducta de otro (i.e. un poder para obrar), y todo esto visto como un interés jurídicamente reconocido y protegido por el Estado. En este concepto moderno se hace hincapié en el “agere”, en el obrar, y en la prevalencia de la voluntad, la cual irá –a causa de los modernos y falsos conceptos del derecho- sobre o contra la naturaleza de las cosas -que es asunto de la inteligencia-, y desde que caen así en el voluntarismo (o voluntarismo jurídico), es dejada de lado la verdadera noción de derecho, y de allí que cualquier cosa pueda ser llamada “derecho” (con su correlativa “ley”) siempre y cuando “eso” haya sido mandado, ordenado o legislado por los respectivos órganos del Estado. -Para refutar el concepto moderno de “derecho objetivo”, bastará ver cuál es, a su vez, el verdadero concepto de ley o de norma que en algunos momentos diremos. Para refutar el concepto de “derecho subjetivo”, consideremos, en las palabras que siguen, el verdadero concepto de derecho.

Veamos, por lo tanto, ahora, la verdadera noción o concepto de derecho.

-La verdadera noción del derecho hemos de buscarla en aquélla tenida por los griegos, en aquélla la tenida por los romanos, por Santo Tomás de Aquino. Entre los griegos, derecho es “to díkaion” : DERECHO ES LO JUSTO. Entre romanos derecho es “quod iustum est”: DERECHO ES LO QUE ES JUSTO. O más escuetamente aun –en el ámbito de la Romanidad- podemos decir “ius, iustum”: EL DERECHO ES LO JUSTO. -Desde que vemos que “el derecho es lo justo”, necesariamente conectamos su concepto con la Verdad y con el Bien, pues sólo es justo lo que está en relación a lo verdadero y a lo bueno ( Veamos, para ilustrar más el verdadero concepto de derecho, algunos pormenores de la etimología de la palabra latina “ius”, la cual significa “derecho”. (1) Basado en el derecho romano, alguien nos enseña lo siguiente: El libro primero del Digesto (la colección bizantina de jurisprudencia romana, mandada realizar por el emperador Justiniano en el Siglo VI) comienza con estas palabras de Ulpiano: “Para explicar el derecho, es preciso primero saber de dónde viene su nombre; y se llama así porque viene de [la palabra] justicia” (prius nosse oportet unde nomen iuris descendat; est autem a iustitia appellatum). (2) Esta misma enseñanza fue transmitida por el gran San Isidoro de Sevilla, en su obra “Etimologías” (Etymologiae, V, 3), y fue recibida por Santo Tomás de Aquino: ius dictum est quia est iustum (se llama ius –derecho- porque es iustum, porque es lo justo); y de allí que podemos usar el aforismo “IUS QUIA IUSTUM” (es derecho porque es justo). (3) Pero también este santo nos enseña que no es raro que ocurra que los nombres se aparten de su sentido originario para ir a significar otras cosas (ad alia significanda), y así al principio “ius” designaba lo justo o la misma cosa justa (ipsam rem iustam), luego designó a la ciencia del derecho (artem qua cognoscitur quid sit iustum), hasta acabar designando a los tribunales donde se imparte justicia (locum in quo ius redditur, sicut dicitur aliquis comparere in iure) .

Es evidente que no hay ni puede haber un derecho, “algo que es justo”, en relación al error o a la . falsedad: como pretender ver lo justo, o el derecho, en lo errado o en lo falso. Ni tampoco puede haber un derecho, “algo que es justo”, en relación al mal: lo que sería pretender ver lo justo, o el derecho, en lo malo. Lo absurdo de los razonamientos modernos se muestra por sí solo. -El verdadero concepto de derecho, lo justo, llama y se pone en relación con lo que las cosas son (el esse) y con la naturaleza de las cosas (la esencia). Y de allí que sea algo de la inteligencia, la cual capta el esse y la esencia de las cosas. Y de allí también, que no sea algo de la voluntad, pues a ésta no le compete captar el esse ni la esencia, e, igualmente, la voluntad no puede ir por encima o contra el ser ni la naturaleza de las cosas; y si se hace de esta manera, estamos en el voluntarismo o voluntarismo jurídico que nombrábamos hace unos momentos.

En relación a estas cosas, veamos ahora el concepto de “derecho natural” y de “ley”.

-Santo Tomás nos da luminosas palabras en torno al concepto del derecho natural (II II 57, art 2, ad 1); él nos dice: existe lo justo a partir de la misma naturaleza de la cosa, y esto es llamado derecho natural («iustum ex ipsa natura rei: et hoc vocatur ius naturale»). -Ahora veamos el verdadero concepto de ley, dado por Santo Tomás (2a, 2ae, 57, art 1, ad 2): «lex non est ius proprie loquendo sed aliqualis ratio iuris: la ley no es propiamente hablando el derecho, sino cierta razón –o expresión- del derecho”. Es decir: “la ley es la expresión del derecho”. Con esto se refuta, como adelantamos, el concepto moderno de “derecho objetivo”, que no es derecho entonces, sino un conjunto de leyes. Demos, ahora sí, un concepto del mencionado “derecho a la libertad religiosa”, postulado del Liberalismo: “Es aquel derecho por el cual una persona puede escoger y practicar privada y públicamente la religión que le plazca, o no escoger ninguna, si esto le viene bien”. -Si uno compara esta definición del Liberalismo con el verdadero concepto de derecho, “DERECHO ES LO JUSTO” (derecho es to díkaion, derecho es quod iustum est), y si uno relaciona el verdadero concepto de derecho con la Verdad y con el Bien, uno claramente ve la falacia de este enunciado liberal de la libertad religiosa, pues uno no tiene “derecho” a seguir la religión que le plazca (o ninguna), sino que uno tiene derecho a seguir únicamente la religión que es verdadera. Lo expresemos en forma condicional con motivos ad hóminem: Si existe la Verdad, y si el Catolicismo es la única religión verdadera, entonces el derecho, “lo justo”, está dado en relación a seguir la Religión Católica, y sólo en relación a ella.

-“Ah, dirá alguno, pero para mí la Religión Católica no es la verdadera”. Usted podrá no ver el hecho y la realidad de que el Catolicismo es la religión verdadera, pero eso no cambia lo que las cosas son, por lo cual a usted le corresponderá buscar e indagar, y cuanto mucho se le podrá hacer a usted dicho planteo condicional cuya respuesta deberá buscar. Nuevamente: Si existe la Verdad y si la Religión Católica es la verdadera, entonces usted no tiene derecho a seguir cualquiera, sino sólo la verdadera (y esto incluso es un planteo de derecho natural, pues obviamente que el derecho natural exige seguir la Verdad y no el error).

-“Ah, dirá otro, pero yo soy libre y yo quiero estar en el Protestantismo, en una de las sectas cristianas, en el Judaísmo, en el Islam, budista, etc”: Usted podrá hacer un mal uso de su libertad y escoger algo que conlleve un error o un mal, pero la libertad no está dada para eso, la libertad está dada para escoger, “libremente”, la Verdad y el Bien, y si a pesar de esto usted no hace un buen uso de ella, este hecho no cambia (ni cambiará) lo que las cosas son. En el mundo jurídico, una cosa son “LOS HECHOS”, y aquí las acciones podrán ser buenas o malas según la naturaleza de las cosas y el buen o mal uso que se haga de la libertad; y otra cosa son “LOS DERECHOS”, y éstos sólo son de “lo justo”, detrás de la Verdad y del Bien. –

“Ah, dirá algún despistado, pero entonces el Catolicismo obliga a la conversión”: No, el Catolicismo no obliga a nadie, la conversión ha de ser un acto libre, y si un católico intenta obligar a alguien, eso será una mala acción que sólo a él -y no al Catolicismo- le compete. Pero si bien el Catolicismo no obliga a nadie, ello –otra vez- no quita lo que las cosas son, ello no quita la Verdad. “Yo no me quiero convertir al Catolicismo y nunca lo haré”: Pues allá usted, pero más tarde o más temprano, con su muerte, usted deberá rendir cuenta de sus actos. –

“¿Qué pasa, preguntará alguien,  padre, en una sociedad como la de hoy, donde, en el orden de “los hechos”, es un hecho –valga la redundancia- que tenemos muchas religiones falsas?”: Para evitar un mal mayor, se podrá ejercer una “tolerancia religiosa”, pero la tolerancia es un hecho no un derecho, y deberá ser resuelto por la prudencia (en este caso la prudencia política) en vistas a evitar un mayor mal (por ejemplo: que se dañe cierta paz social y sobrevengan graves alteraciones de la misma). El concepto de tolerancia está dado –por dar un ejemplo- por el Papa León XIII en su Encíclica “Libertas”.

-Y en el Concilio Vaticano II, y en la falsa Religión Moderna, ¡el falso derecho a la libertad religiosa está muy bien elegido! Porque si se enseña que con respecto a lo más importante de todo, con respecto a Dios, “yo puedo hacer lo que tenga ganas: libertad religiosa”, de allí para abajo: “yo puedo hacer lo que tengo ganas con todo: con todo lo demás”, “yo puedo hacer lo que tenga ganas con la política –soberanía popular,etc-, yo puedo hacer lo que tenga ganas con las leyes –leyes inmorales e inicuas-, yo puedo hacer lo que tenga ganas con el matrimonio y la familia –divorcio, unión libre, anticoncepción, homosexualidad-, yo puedo hacer lo que tenga ganas con la vida de seres humanos inocentes –aborto-: “YO PUEDO HACER LO QUE TENGA GANAS CON TODO LO QUE TENGA GANAS”: Bienvenidos a la ciudad del hombre, a la ciudad de Satanás, al efímero reino del Anticristo y del Falso Profeta.

-Y los Papas han condenado todo esto en forma ininterrumpida, “y con nombre y apellido”, y por los últimos 200 años: El Papa Pío VI, el Papa Gregorio XVI, el Papa Pío IX, el Papa León XIII, el Papa San Pío X, el Papa Benedicto XV, el Papa Pío XI, el último Papa antes del Concilio: Pío XII; y “24 horas” después de la muerte de Pío XII… Concilio, Nueva Falsa Religión Moderna… todo lo que hasta ayer era malo, ahora es bueno y fantástico: Hay un problema con todo esto. Pongamos, a modo de ejemplo, tan sólo dos condenas contra estos errores del Liberalismo. Primero: “las doctrinas inventadas por los modernos, acerca de la autoridad civil, han acarreado ya grandes males… Pues no querer atribuir el derecho de mandar a Dios como a su autor, no es sino desear ver destruido el más bello esplendor de la autoridad política… Respecto a los que dicen que la autoridad civil depende de la autoridad del pueblo, se comete primero un error de principio… [Más adelante:] De aquella herejía [se refiere el Papa a la herejía de la Reforma Protestante] nació en el siglo pasado la mal llamada filosofía, el llamado derecho nuevo, la soberanía popular, y esa licencia que no conoce freno y que es lo único que muchísimos entienden por libertad [esto para las doctrinas del Liberalismo; pero escuchen lo que sigue:]. De allí se llegó a las últimas plagas, a saber, el Comunismo, el Socialismo, y el Nihilismo, horribles monstruos de la sociedad humana y casi su muerte”, Encíclica “Diuturnum illud”, Papa León XIII (año 1881). En segundo lugar, específicamente sobre la libertad religiosa: “no faltan hombres que, aplicando a la sociedad civil el impío y absurdo principio del Naturalismo, como le llaman, se atreven a enseñar que el mejor orden de la sociedad pública y progreso civil demandan imperiosamente que la sociedad humana se constituya y se gobierne sin que tenga en cuenta la Religión, como si ésta no existiese, o, por lo menos, sin hacer ninguna diferencia entre la Verdadera Religión y las falsas… […] no temen favorecer esa opinión errónea, la más fatal a la Iglesia Católica y a la salvación de las almas, y que nuestro predecesor de feliz memoria, Gregorio XVI, llamaba delirio, a saber: que la libertad de conciencia y de culto [esto es “la libertad religiosa”] es un derecho libre de cada hombre, y que debe ser proclamado y garantizado en toda sociedad bien constituida… […] al sostener estas afirmaciones temerarias, no piensan, ni consideran, que proclaman la libertad de perdición…”, Encíclica “Quanta cura”, Papa Pío IX (año 1864).

(Conclusión)

Cristo Rey, Dios Nuestro Señor Jesucristo, es la antípoda de las enseñanzas de todos estos errores del Liberalismo, es la antípoda de “la ciudad del hombre”. Nuestro Señor terminará haciendo, como describe San Agustín, “LA CIUDAD DE DIOS”, cuando sea, como dijimos, “unum ovile, et unum pastor: un solo rebaño y un solo pastor”. La victoria final es nuestra… aguantemos, soportemos la batalla. Todo por Cristo Rey, ¡Y QUE VIVA CRISTO REY! AVE MARÍA PURÍSIMA.